Real Decreto 429/2022, de 7 de junio, por el que se establecen normas para la comercialización de los productos reproductivos de las especies ganaderas en el ámbito nacional y se regulan medidas para la aplicación de la normativa europea aplicable a los desplazamientos dentro de la Unión Europea de productos reproductivos de las especies ganaderas.
BOE-A-2022-9380 · Boletín Oficial del Estado, 2022-06-08 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 429/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 429/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-06-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 136, 2022-06-08
- Entrada en vigor
- 2022-06-09
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 26
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-9380
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El uso de técnicas de reproducción asistida que emplean productos reproductivos, como la inseminación artificial o la transferencia de embriones, es imprescindible para garantizar la eficiencia productiva de muchos de nuestros sectores ganaderos. Estas técnicas permiten mejorar el manejo reproductivo de los rebaños, optimizando la productividad de los animales, lo que redunda en un menor consumo de insumos y, por tanto, en una mayor competitividad y sostenibilidad de las explotaciones.
La máxima expresión de la relevancia de las técnicas de reproducción asistida se produce en el campo de la mejora genética, primer eslabón del sistema productivo, ya que dicha mejora se ve potenciada por el uso de técnicas reproductivas que permiten acelerar las actividades de selección y difundirlas a toda la cabaña ganadera de forma rápida y eficaz.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Competencias.
- Artículo 5. Autorización de establecimientos de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y équidos que operen en el ámbito intracomunitario.
- Artículo 6. Requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización en el ámbito nacional de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos…
- Artículo 7. Requisitos zootécnicos, sanitarios y de trazabilidad para la comercialización de productos reproductivos en el ámbito nacional de otras especies ganaderas.
- Artículo 8. Registro de establecimientos de productos reproductivos de bovinos, porcinos, ovinos, caprinos, équidos y de otras especies ganaderas que operen en el ámbito nacional.
- Artículo 9. Requisitos adicionales en materia de trazabilidad para el comercio nacional.
- Artículo 10. Excepciones a los requisitos para la comercialización nacional de productos reproductivos.
- Artículo 11. Registro de distribuidores.
- Artículo 12. Requisitos zootécnicos y de trazabilidad de los distribuidores.
- Artículo 13. Registro General de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos.
- Artículo 14. Información a recoger en el Registro General de establecimientos y distribuidores de productos reproductivos.
- Artículo 15. Asignación del número de identificación único.
- Artículo 16. Registro Nacional de Bancos de Germoplasma.
- Artículo 17. Régimen sancionador.
- Disposición adicional primera. Recursos humanos y materiales.
- Disposición adicional segunda. Cláusula de reconocimiento mutuo.
- Disposición transitoria primera. Establecimientos y distribuidores previamente autorizados.
- Disposición transitoria segunda. Excepciones.
- Disposición transitoria tercera. Identificación de los productos reproductivos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Carácter básico y título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de modificación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | la disposición adicional 2 y el anexo II, por Real Decreto 527/2023, de 20 de junio |
Normas a las que afecta (6)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 429/2022?
- Real Decreto 429/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 429/2022?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 429/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.