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Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo, por el que se desarrolla el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras y se modifican otras normas tributarias.

BOE-A-2021-8747 · Boletín Oficial del Estado, 2021-05-26 · Ministerio de Hacienda

Real Decreto 366/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.

Resumen

El Real Decreto 366/2021 regula el procedimiento para la presentación e ingreso de las autoliquidaciones del Impuesto sobre las Transacciones Financieras en España. Esta norma es aplicable a los sujetos pasivos del impuesto, incluyendo tanto residentes como no residentes, y entró en vigor el 16 de enero de 2021.

Entre los puntos clave, establece que la presentación e ingreso de las autoliquidaciones puede realizarse a través de un depositario central de valores, que actuará en nombre del sujeto pasivo, facilitando así la gestión tributaria. Se determina que esta vía es obligatoria en ciertos casos y opcional en otros, dependiendo de la relación del sujeto pasivo con el depositario. Además, se especifica que los sujetos pasivos deben proporcionar información detallada sobre cada operación sujeta al impuesto antes del inicio del plazo de presentación. También se introduce un procedimiento simplificado para rectificar errores en autoliquidaciones anteriores, permitiendo ajustes sin que el resultado final sea negativo. Este Real Decreto no ha sido derogado y sigue vigente en su totalidad.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 366/2021
Fecha de la disposición
2021-05-25
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 125, 2021-05-26
Entrada en vigor
2021-05-27
Departamento
Ministerio de Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2025-12-20
Artículos
19
Identificador BOE
BOE-A-2021-8747
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

La Ley 5/2020, de 15 de octubre, del Impuesto sobre las Transacciones Financieras, introduce en España este gravamen, con la finalidad de contribuir al objetivo de consolidación de las finanzas públicas y de reforzar el principio de equidad del sistema tributario.

La aplicación de esta Ley exige determinadas precisiones reglamentarias para desarrollar algunas cuestiones previstas en ella, fundamentalmente el procedimiento de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del impuesto previsto en el artículo 8 de la Ley del Impuesto, ya se efectúe a través de un depositario central de valores establecido en territorio español o por el propio sujeto pasivo.

El presente real decreto responde a estos objetivos, estructurándose en diez artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria y seis disposiciones finales.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (4)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 366/2021?
Real Decreto 366/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 366/2021?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.