Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
BOE-A-2012-2081 · Boletín Oficial del Estado, 2012-02-11 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Real Decreto 345/2012 está derogada desde el 2017-05-27: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 345/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-02-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 36, 2012-02-11
- Entrada en vigor
- 2012-02-11
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2017-05-27
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 33
- Identificador BOE
- BOE-A-2012-2081
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, creó el Ministerio de Economía y Competitividad como departamento encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia económica y de reformas para la mejora de la competitividad, de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, de la política comercial y de apoyo a la empresa, así como del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico. Con posterioridad, el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, estableció la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Competitividad determinando sus órganos superiores y directivos hasta el nivel orgánico de dirección general.
Índice del articulado
- Artículo 1. Organización general del departamento.
- Artículo 2. Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.
- Artículo 3. Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.
- Artículo 4. Dirección General de Política Económica.
- Artículo 5. Dirección General de Análisis Macroeconómico y Economía Internacional.
- Artículo 6. Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- Artículo 7. Secretaría de Estado de Comercio.
- Artículo 8. Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.
- Artículo 9. Dirección General de Comercio Interior.
- Artículo 10. Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
- Artículo 11. Secretaría General de Ciencia e Innovación.
- Artículo 12. Dirección General de Investigación Científica y Técnica.
- Artículo 13. Dirección General de Política de Investigación, Desarrollo e Innovación.
- Artículo 14. Subsecretaría de Economía y Competitividad.
- Artículo 15. Secretaría General Técnica.
- Disposición adicional primera. Supresión de órganos.
- Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de determinados órganos superiores y directivos.
- Disposición adicional tercera. Delegación de competencias.
- Disposición adicional cuarta. Dependencia funcional de las Delegaciones de Economía y Hacienda.
- Disposición adicional quinta. Instituto de Salud Carlos III.
- Disposición adicional sexta. Adscripción del Comité de Bioética de España.
- Disposición adicional séptima. Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
- Disposición transitoria primera. Gestión temporal de medios y servicios por los Ministerios de Hacienda y Administraciones Públicas y de Industria, Energía y Turismo.
- Disposición transitoria segunda. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general.
- Disposición transitoria tercera. Órganos colegiados de contratación.
- Disposición transitoria cuarta. Presidencia del Consejo Asesor para la Ciencia y la Tecnología y del Consejo General de la Ciencia y la Tecnología.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial, aprobado mediante el Real Decreto 1406/1986, de 6 de junio.
- Disposición final segunda. Modificación del Estatuto de la Comisión Nacional de la Competencia, aprobado mediante el Real Decreto 331/2008, de 29 de febrero.
- Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
- Disposición final cuarta. Facultades de desarrollo.
- Disposición final quinta. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 345/2012?
- Real Decreto 345/2012 está derogada desde el 2017-05-27: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 345/2012?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 345/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.