Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
BOE-A-2007-4372 · Boletín Oficial del Estado, 2007-03-02 · Ministerio de Educación y Ciencia
Real Decreto 276/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-05.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 276/2007
- Fecha de la disposición
- 2007-02-23
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 53, 2007-03-02
- Entrada en vigor
- 2007-03-03
- Departamento
- Ministerio de Educación y Ciencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-02-05
- Artículos
- 81
- Identificador BOE
- BOE-A-2007-4372
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional sexta establece que, además de las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, son bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes, las reguladas por la propia ley orgánica y la normativa que la desarrolle para el ingreso y la movilidad entre los cuerpos docentes, encomendando al Gobierno su desarrollo reglamentario en aquellos aspectos básicos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento.
- Disposición transitoria primera. Sistema de ingreso durante la implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Disposición transitoria segunda. Temarios.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Principios rectores de los procedimientos.
- Artículo 3. Órganos convocantes.
- Artículo 4. Clases.
- Artículo 5. Nombramiento.
- Artículo 6. Funciones.
- Artículo 7. Composición.
- Artículo 8. Reglas adicionales sobre composición y funcionamiento.
- Artículo 9. Convocatorias.
- Artículo 10. Contenido de las convocatorias.
- Artículo 11. Régimen aplicable.
- Artículo 12. Requisitos generales.
- Artículo 13. Requisitos específicos.
- Artículo 14. Plazo en el que deben reunirse los requisitos.
- Artículo 15. Imposibilidad de concurrir a más de un turno.
- Artículo 16. Acreditación del conocimiento del castellano y de lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas.
- Artículo 17. Sistema selectivo.
- Artículo 18. Fase de oposición.
- Artículo 19. Temarios.
- Artículo 20. Carácter de las pruebas.
- Artículo 21. Pruebas de la fase de oposición.
- Artículo 22. Calificaciones.
- Artículo 23. Méritos.
- Artículo 24. Publicidad de las calificaciones.
- Artículo 25. Sistema de calificación.
- Artículo 26. Superación de las fases de oposición y concurso.
- Artículo 27. Confección de las listas de aspirantes seleccionados en las fases de oposición y concurso.
- Artículo 28. Publicación de las listas de aspirantes seleccionados que han superado las fases de oposición y concurso.
- Artículo 29. Nombramiento de funcionarios en prácticas.
- Artículo 30. Regulación de la fase de prácticas.
- Artículo 31. Evaluación de la fase de prácticas.
- Artículo 32. Nombramiento de funcionarios de carrera.
- Artículo 33. Ámbito de aplicación.
- Artículo 34. Reserva de plazas.
- Artículo 35. Requisitos de los participantes.
- Artículo 36. Sistema selectivo.
- Artículo 37. Ámbito de aplicación.
- Artículo 38. Requisitos de los participantes.
- Artículo 39. Sistema selectivo.
- Artículo 40. Ámbito de aplicación.
- Artículo 41. Requisitos de los participantes.
- Artículo 42. Sistema selectivo.
- Artículo 43. Temario.
- Artículo 44. Fase de oposición.
- Artículo 45. Calificaciones.
- Artículo 46. Fase de concurso.
- Artículo 47. Superación de las fases de oposición y concurso.
- Artículo 48. Fase de prácticas.
- Artículo 49. Ámbito de aplicación.
- Artículo 50. Requisitos de los participantes.
- Artículo 51. Sistema selectivo.
- Artículo 52. Convocatoria.
- Artículo 53. Adquisición de nuevas especialidades por funcionarios del Cuerpo de Maestros.
- Artículo 54. Adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario de otros cuerpos.
- Artículo 55. Efectos de la adquisición de una nueva especialidad.
- Artículo 56. Ámbito de aplicación y principios rectores del procedimiento.
- Artículo 57. Requisitos de los participantes.
- Artículo 58. Sistema selectivo.
- Artículo 59. Fase de oposición.
- Artículo 60. Temarios.
- Artículo 61. Prueba de la fase de oposición.
- Artículo 62. Baremo.
- Artículo 63. Sistema de calificación.
- Artículo 64. Superación de las fases de oposición y concurso, confección y publicación de las listas de aspirantes seleccionados en las fases de oposición y concurso.
- Artículo 65. Nombramiento, regulación y evaluación de la fase de prácticas.
- Artículo 66. Nombramiento de funcionarios de carrera.
- Disposición adicional única. Titulaciones declaradas equivalentes a efectos de docencia para el ingreso en determinados cuerpos.
- Disposición transitoria única. Exigencia de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Disposición transitoria primera. Exigencia de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
- Disposición transitoria segunda. Plazo en el que debe reunirse el requisito de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de …
- Disposición transitoria tercera. Del procedimiento de ingreso derivado del artículo 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.
- Disposición transitoria cuarta. De los procedimientos de ingreso que se convoquen en aplicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de l…
- Disposición transitoria quinta. De la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración a que se refieren las disposiciones adicionales sexta y oct…
- Disposición transitoria sexta. Sobre especialidades del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.
- Disposición transitoria séptima. Sobre temarios que han de regir la fase de oposición de los procedimientos selectivos.
Normas que la modifican o afectan (7)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. |
| Deroga | el Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 276/2007?
- Real Decreto 276/2007 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-02-05.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 276/2007?
- El BOE registra 7 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 276/2007?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.