Artículo 11. Régimen aplicable.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-03.
Texto consolidado
En lo no dispuesto en el presente Reglamento, las Comunidades Autónomas convocantes y los órganos de selección se acomodarán para el desarrollo de los procedimientos selectivos, en cuanto a las actuaciones que haya que realizar y los plazos señalados para ello, a lo que disponga la normativa aplicable a cada una de estas Administraciones en materia de ingreso a la Función Pública.
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