Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, por el que se regulan los requisitos de seguridad de las embarcaciones de recreo, de las motos náuticas, de sus componentes y de las emisiones de escape y sonoras de sus motores.
BOE-A-2004-18571 · Boletín Oficial del Estado, 2004-10-30 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 2127/2004 está derogada desde el 2016-03-16: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 2127/2004
- Fecha de la disposición
- 2004-10-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 262, 2004-10-30
- Entrada en vigor
- 2005-01-01
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2016-03-16
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 15
- Identificador BOE
- BOE-A-2004-18571
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 94/25/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de junio de 1994, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros, relativas a embarcaciones de recreo, adoptada para la armonización de las diferentes legislaciones nacionales en dicha materia con la finalidad de eliminar los obstáculos al comercio y las condiciones de competencia desiguales en el mercado interior de la Unión Europea, establecía los requisitos básicos de seguridad en el diseño y construcción de dicha clase de embarcaciones, acabadas y semiacabadas, así como la de ciertos de sus componentes con incidencia en la seguridad de la navegación. Asimismo, regulaba los procedimientos de evaluación de conformidad de los citados productos con los requisitos esenciales establecidos, y el régimen para la designación por los Estados miembros de los…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ambito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Utilización.
- Artículo 5. Cláusula de salvaguardia.
- Artículo 6. Procedimientos de evaluación de la conformidad.
- Artículo 7. Organismos competentes en los procedimientos de evaluación de conformidad.
- Artículo 8. Exigencia, características y condiciones del marcado «CE».
- Disposición adicional primera. Armonización de las normas nacionales con las europeas.
- Disposición adicional segunda. Normas no aplicables.
- Disposición transitoria única. Plazo de comercialización de productos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 2127/2004?
- Real Decreto 2127/2004 está derogada desde el 2016-03-16: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 2127/2004?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 2127/2004?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.