Real Decreto 203/2016, de 20 de mayo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores.
BOE-A-2016-4953 · Boletín Oficial del Estado, 2016-05-25 · Ministerio de Industria, Energía y Turismo
Real Decreto 203/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-10.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 203/2016
- Fecha de la disposición
- 2016-05-20
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 126, 2016-05-25
- Entrada en vigor
- 2016-05-26
- Departamento
- Ministerio de Industria, Energía y Turismo
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-10
- Artículos
- 52
- Identificador BOE
- BOE-A-2016-4953
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 2014/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores, ha derogado la Directiva 95/16/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 29 de junio de 1995, sobre la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los ascensores.
En cumplimiento de las obligaciones derivadas del Tratado de adhesión de España a la Unión Europea, así como de lo dispuesto en el artículo 45 de dicha Directiva 2014/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, es preciso dictar las disposiciones nacionales que adapten la legislación española a las previsiones contenidas en la mencionada directiva.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Libre circulación.
- Artículo 4. Introducción en el mercado, comercialización y puesta en servicio.
- Artículo 5. Requisitos esenciales de salud y seguridad.
- Artículo 6. Edificios o construcciones en los que se instalan los ascensores.
- Artículo 7. Obligaciones de los instaladores.
- Artículo 8. Obligaciones de los fabricantes.
- Artículo 9. Representantes autorizados.
- Artículo 10. Obligaciones de los importadores.
- Artículo 11. Obligaciones de los distribuidores.
- Artículo 12. Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores o los distribuidores.
- Artículo 13. Identificación de los agentes económicos.
- Artículo 14. Presunción de conformidad de los ascensores y componentes de seguridad para ascensores.
- Artículo 15. Procedimientos de evaluación de la conformidad de los componentes de seguridad para ascensores.
- Artículo 16. Procedimientos de evaluación de la conformidad de los ascensores.
- Artículo 17. Declaración UE de conformidad.
- Artículo 18. Principios generales del marcado CE.
- Artículo 19. Reglas y condiciones para la colocación del marcado CE y otros marcados.
- Artículo 20. Notificación.
- Artículo 21. Autoridad notificante.
- Artículo 22. Obligación de información de la autoridad notificante.
- Artículo 23. Organismos de control notificados.
- Artículo 24. Filiales y subcontratación de organismos notificados.
- Artículo 25. Solicitud de notificación.
- Artículo 26. Procedimiento de notificación.
- Artículo 27. Cambios en la notificación.
- Artículo 28. Obligaciones operativas de los organismos de control notificados.
- Artículo 29. Reclamaciones contra las decisiones de los organismos de control notificados.
- Artículo 30. Obligación de información de los organismos de control notificados.
- Artículo 31. Coordinación de los organismos notificados.
- Artículo 32. Vigilancia del mercado de la Unión Europea y control de los ascensores o componentes de seguridad para ascensores que entren en el mercado de la Unión Europea.
- Artículo 33. Procedimiento que debe seguirse cuando un ascensor o componente de seguridad para ascensores presente un riesgo a escala nacional.
- Artículo 34. Procedimiento de salvaguardia de la Unión Europea.
- Artículo 35. Ascensores, o componentes de seguridad para ascensores, conformes, que presenten un riesgo.
- Artículo 36. Incumplimiento formal.
- Artículo 37. Sanciones.
- Artículo 38. Aplicación de los procedimientos de emergencia.
- Artículo 39. Priorización de la evaluación de la conformidad de los ascensores y componentes de seguridad para ascensores designados como bienes pertinentes para crisis.
- Artículo 40. Excepción a los procedimientos de evaluación de la conformidad que requieren la participación obligatoria de un organismo notificado.
- Artículo 41. Presunción de conformidad basada en normas y especificaciones comunes de los ascensores y componentes de seguridad para ascensores que hayan sido designados como bi…
- Artículo 42. Priorización de las actividades de vigilancia del mercado y asistencia a otras autoridades de vigilancia del mercado.
- Disposición adicional primera. Puesta en servicio.
- Disposición adicional segunda. Actualización de referencias normativas.
- Disposición transitoria primera. Comercialización y puesta en servicio de ascensores y comercialización de componentes para ascensores que cumplan con lo establecido en el Real …
- Disposición transitoria segunda. Reglamentación aplicable a los ascensores o componentes de seguridad para ascensores puestos en servicio o comercializados con anterioridad a la…
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la instrucción técnica complementaria AEM 1 «Ascensores», aprobada por Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa y autorización para la modificación de anexos.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 203/2016?
- Real Decreto 203/2016 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-10.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 203/2016?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 203/2016?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.