Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo.
BOE-A-2011-17465 · Boletín Oficial del Estado, 2011-11-05 · Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Real Decreto 1597/2011 está derogada desde el 2022-05-19: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1597/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-11-04
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 267, 2011-11-05
- Entrada en vigor
- 2011-11-06
- Departamento
- Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2022-05-19
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-17465
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La disposición adicional decimosexta de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, establece objetivos anuales de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte, que son objetivos obligatorios a partir del 2009 y habilita al Gobierno a modificar los objetivos establecidos, así como a establecer objetivos adicionales. Asimismo, habilita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a dictar las disposiciones necesarias para regular un mecanismo de fomento de la incorporación de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Finalidad de la verificación de la sostenibilidad.
- Artículo 4. Criterios de sostenibilidad.
- Artículo 5. Cálculo del efecto de los biocarburantes y biolíquidos en las emisiones de gases de efecto invernadero.
- Artículo 6. Formas de demostrar el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad para los biocarburantes y biolíquidos.
- Artículo 7. Método de control de la trazabilidad de las características de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos a lo largo de la cadena de producción y comercializ…
- Artículo 8. Elementos del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos.
- Artículo 9. Agentes económicos integrados en la cadena de producción y comercialización de biocarburantes y biolíquidos.
- Artículo 10. Sujetos obligados a presentar información para los fines contemplados en los subapartados a) y b) del artículo 3.1.
- Artículo 11. Información a presentar para la verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, para los fines contemplados en los subapartados a) y b) del a…
- Artículo 12. Inspección del cumplimiento de los requisitos de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos por los agentes económicos del sistema.
- Artículo 13. Auditorías de grupo.
- Artículo 14. Biocarburantes que contabilizan el doble.
- Disposición transitoria única. Periodo transitorio para la verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de normas del Derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Facultades de desarrollo y aplicación.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (8)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1597/2011?
- Real Decreto 1597/2011 está derogada desde el 2022-05-19: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1597/2011?
- El BOE registra 8 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1597/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.