El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Derogada

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 del Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo. · BOE-A-2011-17465

Atención: Real Decreto 1597/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituye el objeto del presente real decreto:

a) La regulación de los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos establecidos en la normativa comunitaria.

b) El establecimiento del sistema nacional de verificación de la sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos.

c) La configuración del valor doble de determinados biocarburantes, para el cumplimiento de los objetivos obligatorios en materia de energías procedentes de fuentes renovables en el transporte y la obligación de utilizar energías renovables.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-06.

Más artículos de Real Decreto 1597/2011

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1597/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.