Real Decreto 1440/2001, de 21 de diciembre, por el que se establece el sistema de alerta sanitaria veterinaria.
BOE-A-2002-799 · Boletín Oficial del Estado, 2002-01-14 · Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Real Decreto 1440/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Resumen
Esta norma regula el establecimiento de un sistema de alerta sanitaria veterinaria en España, con el objetivo de combatir epizootias y zoonosis de manera eficaz. Aplica a todas las entidades y organismos relacionados con la sanidad animal, incluyendo las Comunidades Autónomas, desde su entrada en vigor el 22 de diciembre de 2001.
Entre los puntos clave, se crea el Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria, encargado de coordinar las actuaciones en sanidad animal y de proponer medidas para el control de enfermedades. Además, se establece un Servicio de Intervención Rápida que actuará en situaciones de emergencia y apoyará a las Comunidades Autónomas en el control de enfermedades. Por otro lado, se implementa una base de datos nacional que recopila información sobre la situación sanitaria de los animales, lo que facilitará la vigilancia epidemiológica y la respuesta ante brotes sanitarios. Esta norma no está derogada y sigue vigente en el marco de la legislación española.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1440/2001
- Fecha de la disposición
- 2001-12-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 12, 2002-01-14
- Entrada en vigor
- 2002-01-15
- Departamento
- Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 14
- Identificador BOE
- BOE-A-2002-799
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las continuas amenazas epizoóticas que viene sufriendo la cabaña ganadera española, procedentes tanto del intenso comercio intracomunitario de animales vivos y sus productos, así como de las importaciones de terceros países, y la cercanía geográfica y social con nuestros países vecinos del continente africano, hacen totalmente necesario que se adopten las medidas tendentes a minimizar el riesgo sanitario, así como disponer de los instrumentos idóneos para poder combatir las epizootias y zoonosis cuando se presenten.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y fines.
- Artículo 2. Comité Nacional del Sistema de Alerta Sanitaria Veterinaria.
- Artículo 3. Composición.
- Artículo 4. Funcionamiento.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. El Servicio de Intervención Rápida.
- Artículo 7. Base de datos del Sistema de alerta sanitaria veterinaria.
- Disposición adicional primera. Información sanitaria del Ministerio de Defensa.
- Disposición adicional segunda. Gasto público.
- Disposición adicional tercera. Título competencial.
- Disposición transitoria única. Comité Nacional de Cooperación y Seguimiento de los Programas Nacionales de Erradicación de las enfermedades de los animales.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | Real Decreto 577/2014, de 4 de julio, por el que se regula la tarjeta de movimiento equina. |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1440/2001?
- Real Decreto 1440/2001 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1440/2001?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1440/2001?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.