Real Decreto 1362/2011, de 7 de octubre, por el que se establece un Plan Nacional de Desmantelamiento mediante la paralización definitiva de las actividades de buques pesqueros españoles incluidos en censos de caladeros internacionales y países terceros.
BOE-A-2011-15815 · Boletín Oficial del Estado, 2011-10-08 · Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Real Decreto 1362/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1362/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-10-07
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 243, 2011-10-08
- Entrada en vigor
- 2011-10-09
- Departamento
- Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 9
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-15815
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reglamento (CE) n.º 2371/2002, del Consejo, de 20 de diciembre de 2002, sobre la conservación y explotación sostenible de los recursos pesqueros en virtud de la política pesquera común, señala como objetivo de ésta, la explotación sostenible de los recursos acuáticos vivos y de la acuicultura en el contexto de un desarrollo sostenible, teniendo en cuenta de manera equilibrada los aspectos medioambientales, económicos y sociales. En este sentido y con el fin de ajustar la capacidad pesquera de las flotas, establece en su capítulo III, la posibilidad de aplicar medidas para ajustar esa capacidad pesquera con el fin de alcanzar un equilibrio estable y duradero entre esa capacidad y las posibilidades de pesca.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Condiciones del Plan.
- Artículo 3. Reducción de la capacidad pesquera.
- Artículo 4. Financiación de los desguaces.
- Artículo 5. Plan de Paralizaciones Definitivas.
- Artículo 6. Cuantía de las ayudas.
- Disposición adicional única. Facultad de aplicación.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 261, de 29 de octubre de 2011 |
| Se modifica | el párrafo 1 del art. 5, por Real Decreto 780/2013, de 11 de octubre |
| Se modifica | el art. 3, por Real Decreto 1014/2013, de 20 de diciembre |
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. |
| De conformidad con | Reglamento (CE) 1198/2006, de 27 de julio |
| De conformidad con | Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1362/2011?
- Real Decreto 1362/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1362/2011?
- El BOE registra 3 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1362/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.