Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
BOE-A-2003-19571 · Boletín Oficial del Estado, 2003-10-23 · Ministerio de Hacienda
Real Decreto 1270/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1270/2003
- Fecha de la disposición
- 2003-10-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 254, 2003-10-23
- Entrada en vigor
- 2003-10-24
- Departamento
- Ministerio de Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 21
- Identificador BOE
- BOE-A-2003-19571
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, ha establecido el nuevo régimen fiscal para las entidades sin fines lucrativos que flexibiliza los requisitos para acogerse a los incentivos fiscales que establece y dota de seguridad jurídica suficiente a tales entidades en el desarrollo de las actividades que realizan en cumplimiento de los fines de interés general que persiguen.
La ley establece también el conjunto de incentivos que son aplicables a la actividad de mecenazgo realizada por particulares y empresas.
El desarrollo reglamentario llevado a cabo por este real decreto permitirá la aplicación de esos incentivos con la prontitud requerida por la propia ley, que ha previsto el ejercicio de una opción para acogerse al nuevo régimen fiscal especial por parte de las entidades.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto 828/1995, de 2…
- Disposición final segunda. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero.
- Disposición final tercera. Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 537/1997, de 14 de abril.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Opción por la aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos.
- Artículo 2. Aplicación del régimen fiscal especial a efectos de los tributos locales.
- Artículo 3. Memoria económica.
- Artículo 4. Acreditación a efectos de la exclusión de la obligación de retener o ingresar a cuenta respecto de las rentas exentas percibidas por las entidades sin fines lucrativos.
- Artículo 5. Retribuciones de los administradores nombrados en representación de las entidades sin fines lucrativos.
- Artículo 6. Certificación y declaración informativa de los donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
- Artículo 7. Contenido y ámbito de aplicación.
- Artículo 8. Requisitos de los gastos, actividades u operaciones con derecho a deducción o bonificación.
- Artículo 9. Procedimiento para el reconocimiento de los beneficios fiscales por la Administración tributaria.
- Artículo 10. Certificaciones del consorcio o del órgano administrativo correspondiente.
- Artículo 11. Remisión de las certificaciones expedidas por el consorcio o el órgano administrativo.
- Artículo 12. Aplicación del régimen de mecenazgo prioritario.
- Disposición adicional única. La Iglesia Católica y otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas: aplicación del régimen fiscal especial y acreditación a efectos de la ex…
- Disposición transitoria única. Opción por el régimen fiscal especial para determinados períodos impositivos.
- Disposición final única. Habilitación normativa.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1270/2003?
- Real Decreto 1270/2003 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1270/2003?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1270/2003?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.