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Real Decreto Vigente

Disposición transitoria única. Opción por el régimen fiscal especial para determinados períodos impositivos.

Disposición transitoria única del Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. · BOE-A-2003-19571

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-24.

Texto consolidado

El régimen fiscal especial establecido en la Ley 49/2002 será aplicable a los períodos impositivos iniciados a partir del 25 de diciembre de 2002 que hayan finalizado antes de la entrada en vigor de este reglamento, siempre que las entidades sin fines lucrativos se acojan a dicho régimen, de acuerdo con lo establecido en su artículo 1, dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigor de este reglamento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-10-24.

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