Real Decreto 123/2015, de 27 de febrero, por el que se regula la licencia y habilitaciones del piloto de ultraligero.
BOE-A-2015-2670 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-13 · Ministerio de Fomento
Real Decreto 123/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 123/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-02-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 62, 2015-03-13
- Entrada en vigor
- 2015-05-13
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-03-12
- Artículos
- 26
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-2670
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las escuelas de aviación y las actividades de deportes aéreos se encuentran sometidas a las prescripciones de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y de la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea, disponiendo esta última que es competencia del Ministerio de Fomento la ordenación de la aviación recreativa.
La regulación del vuelo deportivo en ultraligero y el régimen aplicable a los centros de vuelo y escuelas de ultraligeros están en la actualidad recogidos en la Orden del Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, de 24 de abril de 1986, dictada en desarrollo del Real Decreto 2876/1982, de 15 de octubre, por el que se regula el registro y uso de aeronaves de estructura ultraligera y se modifica el registro de las aeronaves privadas no mercantiles.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Competencias.
- Artículo 4. Alumno piloto.
- Artículo 5. Instrucción.
- Artículo 6. Exámenes.
- Artículo 7. Examinador.
- Artículo 8. Licencia de piloto de ultraligero.
- Artículo 9. Habilitaciones.
- Artículo 10. Habilitación Multiejes de ala fija (MAF), Desplazamiento del centro de gravedad (DCG), Autogiros (AG), Helicópteros (H) e Hidroaeronave (HD).
- Artículo 11. Habilitación de instructor de ultraligero (FI).
- Artículo 12. Habilitación de radiofonista (RTC).
- Artículo 13. Convalidaciones.
- Artículo 14. Procedimiento.
- Artículo 15. Entidades colaboradoras.
- Disposición adicional única. Contención del gasto público.
- Disposición transitoria primera. Sustitución de la tarjeta de Alumno-Piloto.
- Disposición transitoria segunda. Licencias emitidas con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto.
- Disposición transitoria tercera. Examen teórico.
- Disposición transitoria única. Adaptación de las licencias de piloto de ultraligero emitidas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 182/2026, de 11 de marzo, po…
- Disposición derogatoria. Normas derogatorias.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 2876/1982, de 15 de octubre, por el que se regula el registro y uso de aeronaves de estructura ligera y se modifica el r…
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Disposición final cuarta. Medidas de ejecución y aplicación.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 123/2015?
- Real Decreto 123/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-12.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 123/2015?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 123/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.