Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
BOE-A-2011-1645 · Boletín Oficial del Estado, 2011-01-29 · Ministerio de la Presidencia
Real Decreto 102/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 102/2011
- Fecha de la disposición
- 2011-01-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 25, 2011-01-29
- Entrada en vigor
- 2011-01-30
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2011-1645
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 96/62/CE del Consejo, de 27 de septiembre de 1996, sobre evaluación y gestión de la calidad del aire, también conocida como Directiva Marco, modificó la normativa sobre esta materia existente anteriormente en el ámbito comunitario, adoptando un planteamiento general sobre la propia evaluación de la calidad del aire, fijando criterios para el uso y la exactitud en las técnicas de evaluación, así como la definición de unos objetivos de calidad que habían de alcanzarse mediante una planificación adecuada.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Actuaciones de las Administraciones públicas.
- Artículo 4. Objetivos de calidad del aire.
- Artículo 5. Designación de zonas y aglomeraciones.
- Artículo 6. Evaluación de la calidad del aire ambiente.
- Artículo 7. Mediciones.
- Artículo 8. Criterios adicionales para las partículas PM2,5.
- Artículo 9. Criterios adicionales para arsénico, cadmio, mercurio, níquel e hidrocarburos aromáticos policíclicos.
- Artículo 10. Evaluación de las concentraciones de ozono y de las sustancias precursoras.
- Artículo 11. Mediciones de ozono y de las sustancias precursoras.
- Artículo 12. Mediciones de las concentraciones de amoniaco.
- Artículo 13. Obligaciones generales.
- Artículo 14. Medidas aplicables en las zonas en que se superen los valores límite.
- Artículo 15. Medidas aplicables en las zonas en que no se superan los valores límite.
- Artículo 16. Medidas aplicables en las zonas en que se superen los valores objetivo y los objetivos a largo plazo de ozono.
- Artículo 17. Medidas aplicables en las zonas en las que se cumplen los objetivos a largo plazo de ozono.
- Artículo 18. Medidas aplicables en las zonas en que se superen los valores objetivo para arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno.
- Artículo 19. Medidas aplicables en las zonas en que no se superen los valores objetivo para arsénico, cadmio, níquel y benzo(a)pireno.
- Artículo 20. Medidas aplicables por superación o previsión de superación de los umbrales de activación, de información o de alerta.
- Artículo 21. Objetivo nacional de reducción de la exposición a partículas PM2,5 para la protección de la salud humana.
- Artículo 22. Aportaciones procedentes de fuentes naturales.
- Artículo 23. Prórroga de los plazos de cumplimiento y exención de la obligación de aplicar ciertos valores límite.
- Artículo 24. Planes de mejora de calidad del aire.
- Artículo 25. Planes de acción a corto plazo.
- Artículo 26. Contaminación transfronteriza.
- Artículo 27. Información a intercambiar entre las administraciones públicas.
- Artículo 28. Información al público.
- Artículo 29. Régimen sancionador.
- Disposición adicional única. Evaluación preliminar de la calidad del aire ambiente.
- Disposición adicional primera. Evaluación preliminar de la calidad del aire ambiente.
- Disposición adicional segunda. Acreditación de los organismos de evaluación de la conformidad.
- Disposición adicional tercera. Comisión de Cooperación en materia de Calidad Ambiental.
- Disposición transitoria única. Objetivos de calidad del aire de determinados contaminantes.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril, por el que se regula el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de l…
- Disposición final segunda. Fundamento constitucional.
- Disposición final tercera. Incorporación del derecho comunitario al derecho nacional.
- Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (9)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 102/2011?
- Real Decreto 102/2011 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 102/2011?
- El BOE registra 9 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 102/2011?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.