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Real Decreto Vigente

Artículo 15. Medidas aplicables en las zonas en que no se superan los valores límite.

Artículo 15 del Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire. · BOE-A-2011-1645

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-30.

Texto consolidado

En aquellas zonas o aglomeraciones en que los niveles de los contaminantes regulados sean inferiores a sus valores límite, se adoptarán las medidas necesarias para mantener esta situación, de forma que se obtenga la mejor calidad del aire posible.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-30.

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