Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
BOE-A-2023-24840 · Boletín Oficial del Estado, 2023-12-06 · Ministerio de Hacienda y Función Pública
Real Decreto 1007/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 1007/2023
- Fecha de la disposición
- 2023-12-05
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 291, 2023-12-06
- Entrada en vigor
- 2023-12-07
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Función Pública
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 25
- Identificador BOE
- BOE-A-2023-24840
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
I
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de factur…
- Disposición adicional primera. Contenido de los registros de facturación en caso de autorización.
- Disposición adicional segunda. Agencias de viajes.
- Disposición adicional tercera. Integración de los registros de facturación en los libros registro.
- Disposición final primera. Modificación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Desarrollo del Reglamento incluido en este real decreto.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor y efectos.
- Artículo 1. Objeto y ámbito territorial.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Ámbito subjetivo.
- Artículo 4. Ámbito objetivo.
- Artículo 5. Solicitud de no aplicación.
- Artículo 6. Delegación del cumplimiento.
- Artículo 7. Recursos informáticos necesarios para cumplir las obligaciones establecidas en este Reglamento.
- Artículo 8. Requisitos de los sistemas informáticos de facturación.
- Artículo 9. Generación del registro de facturación de alta.
- Artículo 10. Contenido del registro de facturación de alta.
- Artículo 11. Generación y contenido del registro de facturación de anulación.
- Artículo 12. Huella o «hash» y firma electrónica de los registros de facturación.
- Artículo 13. Declaración responsable de los sistemas informáticos.
- Artículo 14. Verificación del cumplimiento de la obligación por parte de la Administración tributaria.
- Artículo 15. Posibilidad de remisión de los registros de facturación generados a la Administración tributaria.
- Artículo 16. Sistema de emisión de facturas verificables.
- Artículo 17. Posibilidad de remisión de información por parte del receptor de la factura.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 1007/2023?
- Real Decreto 1007/2023 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto 1007/2023?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 1007/2023?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.