Orden TED/456/2021, de 29 de abril, por la que se determina el contenido y las condiciones de remisión al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de la información sobre los precios aplicados a los consumidores finales de electricidad.
BOE-A-2021-7844 · Boletín Oficial del Estado, 2021-05-12 · Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Orden TED/456/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden TED/456/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-04-29
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 113, 2021-05-12
- Entrada en vigor
- 2021-05-13
- Departamento
- Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 19
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-7844
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El 17 de noviembre de 2016 fue publicado el Reglamento (UE) 2016/1952 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las estadísticas europeas sobre los precios del gas natural y la electricidad y por el que se deroga la Directiva 2008/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2008, relativa a un procedimiento comunitario que garantice la transparencia de los precios aplicables a los consumidores industriales finales de gas y de electricidad.
La directiva derogada había sido implementada en España por la Orden ITC/606/2011, de 16 de marzo, por la que se determina el contenido y la forma de remisión de la información sobre los precios aplicables a los consumidores finales de electricidad al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (actual Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico).
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Criterios para la determinación de las comercializadoras que deben remitir los datos sobre precios aplicados a consumidores finales de energía eléctrica.
- Artículo 4. Información a remitir por las comercializadoras de energía eléctrica a la Dirección General de Política Energética y Minas.
- Artículo 5. Criterios de aplicación a la información enviada por las empresas comercializadoras.
- Artículo 6. Períodos de referencia de los precios recogidos.
- Artículo 7. Plazos de remisión.
- Artículo 8. Comunicación electrónica de la información.
- Artículo 9. Calidad de la información.
- Artículo 10. Incumplimientos.
- Artículo 11. Confidencialidad.
- Artículo 12. Acceso a la información.
- Artículo 13. Remisión de información de la Dirección General de Política Energética y Minas a Eurostat.
- Disposición adicional primera. Autorización para la actualización de los anexos.
- Disposición adicional segunda. Segundo periodo semestral 2021.
- Disposición transitoria única. Información a remitir con carácter transitorio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden TED/456/2021?
- Orden TED/456/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden TED/456/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.