Orden PCM/1383/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro de Funcionarios Habilitados en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público.
BOE-A-2021-20478 · Boletín Oficial del Estado, 2021-12-11 · Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Orden PCM/1383/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
Esta norma regula el Registro de Funcionarios Habilitados en la Administración General del Estado y sus organismos públicos. Aplica a todos los funcionarios que realicen funciones de identificación, firma electrónica y expedición de copias auténticas desde su entrada en vigor el 10 de diciembre de 2021.
Los puntos clave de esta norma incluyen: 1) La creación de un registro donde se inscriben los funcionarios habilitados, que deben ser tanto de carrera como interinos, y que podrán realizar identificaciones y firmas electrónicas en procedimientos determinados. 2) La obligación de los funcionarios habilitados de obtener el consentimiento expreso de los ciudadanos para actuar en su nombre, así como proporcionarles la documentación correspondiente tras cada trámite. 3) La duración de la habilitación es de cinco años, prorrogable, y puede ser revocada en cualquier momento por el órgano competente. 4) Se establece un marco para la protección de datos personales, asegurando que el tratamiento de la información cumpla con la normativa vigente en materia de protección de datos.
Cabe destacar que esta norma deroga la anterior Orden HAP/7/2014, que regulaba aspectos similares del registro de funcionarios habilitados.
Datos clave
- Rango
- Orden PCM/1383/2021
- Fecha de la disposición
- 2021-12-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 296, 2021-12-11
- Entrada en vigor
- 2021-12-12
- Departamento
- Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-20478
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, derogada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, consagraba el derecho de la ciudadanía a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos. Para ello era necesario no solo incorporar las nuevas tecnologías a su funcionamiento interno sino, al mismo tiempo, garantizar a aquellas personas interesadas, que por cualquier motivo no pudiesen acceder electrónicamente a la Administración Pública, disponer de medios adecuados para comunicarse con ella con los mismos derechos y garantías.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Órganos competentes.
- Artículo 3. Inscripción en el registro.
- Artículo 4. Identificación y firma electrónica.
- Artículo 5. Expedición de copias auténticas.
- Artículo 6. Contenido del Registro de Funcionarios Habilitados.
- Artículo 7. Funcionamiento del Registro de Funcionarios Habilitados.
- Artículo 8. Publicidad de procedimientos.
- Artículo 9. Acceso electrónico al Registro de Funcionarios Habilitados por las Administraciones Públicas.
- Artículo 10. Protección de Datos de Carácter Personal.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de formularios.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden PCM/1383/2021?
- Orden PCM/1383/2021 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden PCM/1383/2021?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.