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Orden Vigente

Artículo 2. Órganos competentes.

Artículo 2 de la Orden PCM/1383/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula el Registro de Funcionarios Habilitados en el ámbito de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público. · BOE-A-2021-20478

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-12.

Texto consolidado

1. La Dirección General de Gobernanza Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública asume la gobernanza y gestión del RFH, correspondiendo a la Secretaría General de Administración Digital del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital el diseño, la implantación y la gestión técnica de la plataforma tecnológica que soporte el Registro.

2. La inscripción del personal funcionario que se relaciona en el artículo 3.1 de esta orden corresponde a los titulares de los órganos y unidades donde estos presten servicios.

3. Producida la anotación de la habilitación del personal funcionario, el registro generará una credencial en la que se hará constar su identificación personal y administrativa, los procedimientos y servicios a los que alcanza su habilitación, la fecha de inicio de la misma y, en su caso, su fecha de fin.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-12-12.

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