Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
BOE-A-2014-12411 · Boletín Oficial del Estado, 2014-11-29 · Ministerio del Interior
Orden INT/2223/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden INT/2223/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-10-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 289, 2014-11-29
- Entrada en vigor
- 2015-01-01
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-12411
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 5.ñ), en relación con lo dispuesto en el artículo 6, ambos del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, atribuye al Ministerio del Interior la competencia para la coordinación de la estadística y la investigación de accidentes de tráfico, competencia que será ejercida a través del organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico.
La Dirección General de Tráfico, a través de la que el Ministerio del Interior ejerce sus competencias sobre el organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico, tiene atribuidas las funciones de impulsar la investigación en materia de seguridad vial, lo que conlleva el análisis de los datos y las estadísticas relacionadas con ésta.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Cumplimentación del formulario de accidentes de tráfico con víctimas.
- Artículo 3. Remisión del formulario al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.
- Artículo 4. Comunicación al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico por medios electrónicos.
- Artículo 5. Estadística de accidentes de tráfico con víctimas.
- Disposición adicional primera. Protección de datos de carácter personal.
- Disposición adicional segunda. Comunicación a los titulares de la vía de la información de los accidentes de tráfico con víctimas.
- Disposición adicional tercera. Comunidades autónomas con competencias ejecutivas en materia de tráfico.
- Disposición adicional cuarta. Instrumentos de colaboración y de cooperación.
- Disposición adicional quinta. Conexión con los Registros de Víctimas de Accidentes de Tráfico de las comunidades autónomas con competencias ejecutivas en materia de tráfico.
- Disposición adicional sexta. No incremento de gasto público.
- Disposición adicional séptima. Comunicación de datos del fichero «Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico».
- Disposición adicional octava. Comunicación por medios no electrónicos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros de carácter personal del Ministerio del Interior.
- Disposición final segunda. Título competencial.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | y SUSTITUYE el anexo I en BOE núm. 8 de 9 de enero de 2015 |
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden INT/2223/2014?
- Orden INT/2223/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden INT/2223/2014?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden INT/2223/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.