Disposición final segunda. Título competencial.
Disposición final segunda de la Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. · BOE-A-2014-12411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor.
Más artículos de Orden INT/2223/2014
- ← Disposición final primera. Modificación de la Orden INT/1202/2011, de 4 de mayo, por la que se regulan los ficheros d…
- → Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Ver la norma completa: Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico.