Disposición adicional sexta. No incremento de gasto público.
Disposición adicional sexta de la Orden INT/2223/2014, de 27 de octubre, por la que se regula la comunicación de la información al Registro Nacional de Víctimas de Accidentes de Tráfico. · BOE-A-2014-12411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
La recogida de datos y la cumplimentación y comunicación de los formularios de accidentes de tráfico con víctimas serán atendidas con los medios personales y materiales existentes y en ningún caso podrán generar incremento del gasto público.
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