Orden HAP/566/2013, de 8 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico Común.
BOE-A-2013-3862 · Boletín Oficial del Estado, 2013-04-12 · Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Orden HAP/566/2013 está derogada desde el 2021-12-12: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden HAP/566/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-04-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 88, 2013-04-12
- Entrada en vigor
- 2013-04-13
- Departamento
- Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2021-12-12
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 17
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-3862
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, establece que las Administraciones Públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones y señala que los registros podrán admitir documentos normalizados que se cumplimenten de acuerdo con formatos preestablecidos, o bien cualquier solicitud escrito o comunicación distinta de los anteriores. Dicho precepto establece que, en cada Administración Pública existirá, al menos, un sistema de registros electrónicos suficiente para recibir todo tipo de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a dicha Administración Pública. Asimismo, para un mejor servicio a los ciudadanos prevé que las Administraciones Públicas, mediante Convenios de colaboración, puedan habilitar a sus registros para la recepción de solicitudes,…
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Órganos competentes.
- Artículo 3. Inscripción en procesos selectivos.
- Artículo 4. Registro Electrónico de Apoderamientos.
- Artículo 5. Acceso al Registro Electrónico Común.
- Artículo 6. Documentos admisibles.
- Artículo 7. Acreditación de la identidad.
- Artículo 8. Acuse de recibo.
- Artículo 9. Presentación de documentos. Fecha y hora oficial. Cómputo de plazos.
- Artículo 10. Fichero de Protección de Datos.
- Artículo 11. Responsabilidad.
- Disposición adicional primera. Escritos dirigidos a otras Administraciones Públicas.
- Disposición adicional segunda. Interoperabilidad de los registros públicos.
- Disposición adicional tercera. No incremento de gasto público.
- Disposición transitoria única. Acceso al Registro Electrónico Común.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden HAP/566/2013?
- Orden HAP/566/2013 está derogada desde el 2021-12-12: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden HAP/566/2013?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden HAP/566/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.