Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.
BOE-A-2010-5210 · Boletín Oficial del Estado, 2010-03-30 · Ministerio de Economía y Hacienda
Orden EHA/789/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Orden EHA/789/2010
- Fecha de la disposición
- 2010-03-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 77, 2010-03-30
- Entrada en vigor
- 2010-03-31
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 12
- Identificador BOE
- BOE-A-2010-5210
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Directiva 79/1072/CEE del Consejo, de 6 de diciembre de 1979, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios-modalidades de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a los sujetos pasivos no establecidos en el interior del país, dispone que los sujetos pasivos que tengan la condición de no establecidos en el Estado miembro en el que realicen las compras de bienes y servicios o las importaciones de bienes gravados con el Impuesto sobre el Valor Añadido, tendrán derecho a obtener la devolución de dicho Impuesto en la medida en que los bienes o servicios se utilicen para determinadas operaciones y se cumplan las condiciones establecidas en la propia Directiva.
Índice del articulado
- Artículo 1. Aprobación del formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio …
- Artículo 2. Forma y condiciones generales para la presentación telemática por Internet del formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportad…
- Artículo 3. Procedimiento para la presentación telemática por Internet del formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresario…
- Artículo 4. Plazo de presentación del formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el …
- Artículo 5. Aprobación del contenido y forma de presentación del formulario de solicitud de devolución de cuotas soportadas en el territorio de aplicación del Impuesto por empre…
- Artículo 6. Plazo de presentación del formulario de solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto pero establ…
- Artículo 7. Aprobación del modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio …
- Artículo 8. Forma y condiciones generales para la presentación telemática por internet del modelo 361.
- Artículo 9. Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las solicitudes de devolución correspondientes al modelo 361.
- Artículo 10. Plazo de presentación del modelo 361.
- Disposición derogatoria única. Derogación de modelos de declaración, y de las normas que regulan el lugar, forma y plazo de su presentación, así como las condiciones y procedimi…
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden EHA/789/2010?
- Orden EHA/789/2010 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden EHA/789/2010?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EHA/789/2010?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.