Artículo 7. Aprobación del modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-03-31.
Texto consolidado
1. Se aprueba el modelo 361 de «Solicitud de devolución del IVA a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla », que figura como anexo II de la presente Orden.
El número identificativo que habrá de figurar en el modelo 361 será un número secuencial cuyos tres primeros dígitos se corresponderán con el código 361.
2. Este modelo será presentado por los empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, para solicitar la devolución de las cuotas del Impuesto que hayan soportado por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios realizadas en dicho territorio.
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- Ver la norma completa: Orden EHA/789/2010, de 16 de marzo, por la que se aprueban el formulario 360 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido soportado por empresarios o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, el contenido de la solicitud de devolución a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, pero establecidos en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y el modelo 361 de solicitud de devolución del Impuesto sobre el Valor Añadido a determinados empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto, ni en la Comunidad, Islas Canarias, Ceuta o Melilla, y se establecen, asimismo, las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática.