Orden EHA/3364/2008, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro.
BOE-A-2008-18945 · Boletín Oficial del Estado, 2008-11-24 · Ministerio de Economía y Hacienda
Orden EHA/3364/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Orden EHA/3364/2008 regula el desarrollo del artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, que establece medidas urgentes en materia económico-financiera, específicamente sobre el otorgamiento de avales del Estado a entidades de crédito en España. Esta norma aplica a entidades de crédito, grupos consolidables y agrupaciones de entidades que operen en el país, y está vigente desde su publicación en el BOE el 21 de noviembre de 2008.
Los puntos clave de la norma incluyen: 1) Se establece un límite de 100.000 millones de euros en avales para el año 2008, con características específicas como la irrevocabilidad y la renuncia al beneficio de excusión. 2) Las entidades deben cumplir requisitos de cuota de mercado y experiencia previa en emisiones de valores para poder solicitar los avales. 3) Se especifican las operaciones que pueden ser garantizadas, que deben ser emisiones de deuda no subordinada con un importe mínimo de 10 millones de euros. 4) Las entidades que obtengan un aval están obligadas a pagar una comisión al Estado, cuyo detalle se encuentra en un anexo de la norma. Esta orden no está derogada y sigue en vigor.
Datos clave
- Rango
- Orden EHA/3364/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-11-21
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 283, 2008-11-24
- Entrada en vigor
- 2008-11-24
- Departamento
- Ministerio de Economía y Hacienda
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 12
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-18945
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Entre las medidas dirigidas a impulsar la financiación a empresas y ciudadanos por parte de las entidades de crédito, el artículo 1 del Real Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de medidas urgentes en materia económico-financiera en relación con el plan de acción concertada de los Países de la Zona Euro, autorizó el otorgamiento de avales del Estado a determinadas operaciones de financiación nuevas que realicen las entidades de crédito residentes en España. De conformidad con su apartado 6, en el año 2008 se podrán conceder avales hasta un importe máximo de 100.000 millones de euros.
Índice del articulado
- Artículo 1. Características del aval.
- Artículo 2. Entidades que pueden solicitar el aval.
- Artículo 3. Operaciones que podrán ser garantizadas.
- Artículo 4. Comisiones.
- Artículo 5. Solicitud de avales.
- Artículo 6. Criterios para el otorgamiento de los avales.
- Artículo 7. Otorgamiento de avales.
- Disposición adicional única. Comunicación al Banco de España en caso de ejecución del aval.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Normas supletorias.
- Disposición final segunda. Habilitación.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (4)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se dicta de conformidad | con el art. 5.1 publicando el modelo de solicitud de aval del Estado: Resolución de 24 de noviembre de 2008 |
| Corrección de errores | en BOE núm. 286, de 27 de noviembre de 2008 |
| Se modifica | los arts. 1.c), 2.2.c), 5.3.d) y 7.3, por Orden EHA/3748/2008, de 23 de diciembre |
| Se modifica | el art. 7.3, por Orden EHA/3319/2009, de 10 de diciembre |
Normas a las que afecta (1)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden EHA/3364/2008?
- Orden EHA/3364/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Orden EHA/3364/2008?
- El BOE registra 4 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden EHA/3364/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.