Orden CUD/1185/2022, de 28 de noviembre, por la que se regula el alcance de la revisión formal de las cuentas anuales y de los planes de actuación que debe realizar el Protectorado de fundaciones de competencia estatal.
BOE-A-2022-20189 · Boletín Oficial del Estado, 2022-12-02 · Ministerio de Cultura y Deporte
Orden CUD/1185/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Orden CUD/1185/2022
- Fecha de la disposición
- 2022-11-28
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 289, 2022-12-02
- Entrada en vigor
- 2023-01-01
- Departamento
- Ministerio de Cultura y Deporte
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-20189
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Constitución Española reconoce en el artículo 34 el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la Ley.
El desarrollo de este precepto se ha llevado a cabo, fundamentalmente, en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; en el Reglamento de fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, aprobado por Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.
Con arreglo a este marco normativo, al Protectorado le corresponde velar por el efectivo cumplimiento de los fines fundacionales, teniendo en cuenta la voluntad del fundador y la consecución del interés general. Asimismo, entre sus funciones también se incluye la de verificar si los recursos económicos de la fundación han sido aplicados a los fines fundacionales.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Formulación de cuentas anuales y planes de actuación.
- Artículo 3. Forma de presentación.
- Artículo 4. Solicitud de depósito.
- Artículo 5. Procedimiento de comprobación formal de las cuentas anuales y del plan de actuación.
- Artículo 6. Alcance de la comprobación formal de las cuentas anuales.
- Artículo 7. Alcance de la comprobación formal del plan de actuación.
- Disposición adicional primera. Fundaciones procedentes de Registros autonómicos.
- Disposición adicional segunda. Fundaciones del sector público estatal.
- Disposición final única. Entrada en vigor y aplicación.
Normas a las que afecta (4)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Orden CUD/1185/2022?
- Orden CUD/1185/2022 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Orden CUD/1185/2022?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.