Ley 5/2013, de 17 de octubre, de ordenación del servicio jurídico de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
BOE-A-2014-1365 · Boletín Oficial del Estado, 2014-02-10 · Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Ley 5/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Ley 5/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-10-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 35, 2014-02-10
- Entrada en vigor
- 2013-11-14
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 28
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-1365
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Las Cortes de Castilla-La Mancha han aprobado y yo, en nombre del Rey, promulgo la siguiente ley.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Artículo 2. Asistencia jurídica a la Administración de la Junta de Comunidades, sus organismos autónomos y entidades del Sector Público Regional.
- Artículo 3. Representación, defensa y asesoramiento de las entidades del Sector Público Regional y Local y de las Corporaciones Locales.
- Artículo 4. Defensa de autoridades y empleados públicos.
- Artículo 5. La Dirección de los Servicios Jurídicos.
- Artículo 6. Las unidades de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
- Artículo 6 bis. Asesoramiento jurídico de las Instituciones Sanitarias dependientes del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha.
- Artículo 7. Organización.
- Artículo 8. Ejercicio de la función Contenciosa.
- Artículo 9. Ejercicio de acciones.
- Artículo 10. Informes del Gabinete Jurídico.
- Artículo 11. Asesoramiento en derecho a las Consejerías.
- Artículo 12. Elevar consulta.
- Artículo 13. Los letrados del Gabinete Jurídico. Selección.
- Artículo 14. Designación de las Jefaturas de las asesorías jurídicas de las Consejerías y organismos autónomos.
- Artículo 15. Instrucciones y autorizaciones.
- Artículo 16. Colaboración interorgánica.
- Artículo 17. Contraposición de intereses.
- Disposición adicional primera. Remisión legislativa.
- Disposición adicional segunda. Modificaciones presupuestarias.
- Disposición adicional tercera. Representación y defensa de otros órganos autonómicos.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones orgánicas.
- Disposición adicional quinta. Habilitaciones extraordinarias.
- Disposición transitoria primera. Caducidad de las habilitaciones.
- Disposición transitoria segunda. Referencia normativa.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (5)
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha. |
| Deroga | la Ley 4/2003, de 27 de febrero |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 5/2013?
- Ley 5/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 5/2013?
- El BOE registra 5 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 5/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.