Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales.
BOE-A-2014-12588 · Boletín Oficial del Estado, 2014-12-04 · Jefatura del Estado
Ley 30/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 30/2014, de 3 de diciembre, regula la creación, gestión y conservación de los Parques Nacionales en España, estableciendo un marco jurídico para proteger estos espacios naturales de alto valor ecológico y cultural. Esta norma es aplicable a todas las administraciones públicas y a los ciudadanos desde su entrada en vigor el 4 de diciembre de 2014.
Entre los puntos clave de la ley se encuentran: la obligación de las administraciones de garantizar la conservación de los parques y fomentar la participación social en su gestión; la integración de los titulares de derechos en la conservación y el desarrollo de actividades económicas compatibles, especialmente en turismo rural; y la creación de Patronatos en cada parque, que servirán como órganos de participación social. Además, se establece un régimen de protección preventiva durante el proceso de declaración de un parque nacional, así como un sistema de coordinación entre las distintas administraciones para asegurar la coherencia en la gestión de la Red de Parques Nacionales. Esta ley deroga la anterior Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.
Datos clave
- Rango
- Ley 30/2014
- Fecha de la disposición
- 2014-12-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 293, 2014-12-04
- Entrada en vigor
- 2014-12-05
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 60
- Identificador BOE
- BOE-A-2014-12588
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Deberes de los poderes públicos.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Caracterización.
- Artículo 5. Objetivos.
- Artículo 6. Requerimientos territoriales.
- Artículo 7. Efectos jurídicos ligados a la declaración.
- Artículo 8. Proceso de declaración.
- Artículo 9. Régimen de protección preventiva.
- Artículo 10. Contenido de la declaración.
- Artículo 11. Modificación de los límites territoriales.
- Artículo 12. Pérdida de la condición.
- Artículo 13. Declaración del estado de emergencia por catástrofe medioambiental.
- Artículo 14. Caracterización.
- Artículo 15. Objetivos.
- Artículo 16. Funciones de la Administración General del Estado.
- Artículo 17. Imagen corporativa e identidad gráfica de la Red.
- Artículo 18. Instrumentos de planificación.
- Artículo 19. El Plan Director de la Red de Parques Nacionales.
- Artículo 20. Los Planes Rectores de Uso y Gestión.
- Artículo 21. La gestión de los parques nacionales.
- Artículo 22. Intervención en caso de conservación desfavorable.
- Artículo 23. La gestión de la Red de Parques Nacionales.
- Artículo 24. Los Patronatos.
- Artículo 25. El Comité de Colaboración y Coordinación de Parques Nacionales.
- Artículo 26. Las Comisiones de Coordinación.
- Artículo 27. El Consejo de la Red de Parques Nacionales.
- Artículo 28. El Comité Científico de parques nacionales.
- Artículo 29. Instrumentos de cooperación.
- Artículo 30. Cooperación financiera.
- Artículo 31. Áreas de influencia socioeconómica.
- Artículo 32. Acciones para el desarrollo territorial sostenible.
- Artículo 33. Integración de usos y actividades locales.
- Artículo 34. Presencia internacional.
- Artículo 35. Participación pública e implicación social.
- Artículo 36. Colaboración con los titulares de derechos.
- Artículo 37. Autorización y concesión de actividades de servicios en un parque nacional.
- Artículo 38. Acceso a información.
- Artículo 39. Acción pública.
- Artículo 40. Régimen de infracciones y sanciones.
- Disposición adicional primera. Parques Nacionales integrados en la Red.
- Disposición adicional segunda. Revisión del Plan Director de la Red de Parques Nacionales, y prórroga de la vigencia del actual.
- Disposición adicional tercera. Revisión de los Planes Rectores de Uso y Gestión de los parques nacionales, y adecuación de los mismos al Plan Director de la Red de Parques Nacio…
- Disposición adicional cuarta. Régimen indemnizatorio.
- Disposición adicional quinta. Ejercicio de las competencias estatales.
- Disposición adicional sexta. Uso de medios electrónicos.
- Disposición adicional séptima. Adaptación de los parques nacionales existentes a la presente Ley.
- Disposición adicional octava. Fincas del Organismo Autónomo Parques Nacionales ubicadas fuera de los parques nacionales.
- Disposición adicional novena. Creación y funcionamiento de los nuevos órganos.
- Disposición adicional décima. Adecuación a la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
- Disposición adicional undécima. Zonas sometidas a exigencias derivadas de la Defensa Nacional o en las que concurran otras razones imperiosas de interés público de primer orden …
- Disposición adicional duodécima. Parques nacionales sobre aguas marinas.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio en los parques nacionales de Castilla-La Mancha.
- Disposición transitoria segunda. Aprobación del Plan Rector de Uso y Gestión en los parques nacionales declarados.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/2013, de 25 de junio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de Guadarrama.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 1/2007, de 2 de marzo, de Declaración del Parque Nacional de Monfragüe.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (6)
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 30/2014?
- Ley 30/2014 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 30/2014?
- El BOE registra 6 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 30/2014?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.