Disposición adicional octava. Fincas del Organismo Autónomo Parques Nacionales ubicadas fuera de los parques nacionales.
Disposición adicional octava de la Ley 30/2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales. · BOE-A-2014-12588
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-05.
Texto consolidado
Las fincas adscritas o propiedad del Organismo Autónomo Parques Nacionales no incluidas dentro de los límites de los parques nacionales serán objeto de una gestión medioambiental acorde con sus valores naturales y con los fines institucionales que tengan asignados.