Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local.
BOE-A-2013-13756 · Boletín Oficial del Estado, 2013-12-30 · Jefatura del Estado
Ley 27/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, regula la racionalización y sostenibilidad de la Administración Local en España, estableciendo un marco para mejorar la eficiencia y control financiero de las entidades locales. Esta norma aplica a todas las administraciones locales desde su entrada en vigor en 2014.
Los puntos clave de esta ley incluyen la clarificación de competencias municipales para evitar duplicidades con otras administraciones, la obligación de las entidades locales de ajustarse a los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, y la promoción de la fusión de municipios para mejorar la gestión. Además, se refuerza el papel de las diputaciones provinciales en la coordinación de servicios en municipios pequeños y se establece un control más riguroso sobre la gestión económica y financiera de las entidades locales. También se limita el uso de autorizaciones administrativas para iniciar actividades económicas, promoviendo así la iniciativa privada. Esta ley no ha sido derogada y sigue vigente.
Datos clave
- Rango
- Ley 27/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-12-27
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 312, 2013-12-30
- Entrada en vigor
- 2013-12-31
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 37
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-13756
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Índice del articulado
- Artículo primero. Modificación de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Artículo segundo. Modificación del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
- Disposición adicional primera. Régimen aplicable a la Comunidad Autónoma del País Vasco.
- Disposición adicional segunda. Régimen aplicable a la Comunidad Foral de Navarra.
- Disposición adicional tercera. Competencias autonómicas en materia de régimen local.
- Disposición adicional cuarta. Especialidades de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
- Disposición adicional quinta. Regímenes especiales de Madrid y Barcelona.
- Disposición adicional sexta. Comarcas.
- Disposición adicional séptima. Colaboración con las Intervenciones locales.
- Disposición adicional octava. Cumplimiento de obligaciones tributarias respecto de bienes inmuebles de la Seguridad Social transferidos a otras Administraciones Públicas.
- Disposición adicional novena. Convenios sobre ejercicio de competencias y servicios municipales.
- Disposición adicional décima. Convenios de colaboración entre el Estado y las Entidades Locales.
- Disposición adicional undécima. Compensación de deudas entre Administraciones por asunción de servicios y competencias.
- Disposición adicional duodécima. Información en materia de tutela financiera.
- Disposición adicional decimotercera. Consorcios constituidos para la prestación de servicios mínimos.
- Disposición adicional decimocuarta. Régimen jurídico especial de determinados consorcios.
- Disposición adicional decimoquinta. Asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a la educación.
- Disposición adicional decimosexta. Cabildos y Consejos Insulares.
- Disposición adicional decimoséptima. Apertura de lugares de culto.
- Disposición transitoria primera. Asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a la salud.
- Disposición transitoria segunda. Asunción por las Comunidades Autónomas de las competencias relativas a servicios sociales.
- Disposición transitoria tercera. Servicios de inspección sanitaria.
- Disposición transitoria cuarta. Disolución de entidades de ámbito territorial inferior al Municipio.
- Disposición transitoria quinta. Entidades de ámbito territorial inferior al Municipio en constitución.
- Disposición transitoria sexta. Régimen transitorio para los consorcios.
- Disposición transitoria séptima. Régimen transitorio de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter estatal.
- Disposición transitoria octava. Régimen transitorio para el personal directivo de las Diputaciones, Cabildos y Consejos Insulares.
- Disposición transitoria novena. Régimen transitorio para los Directores Generales de las Entidades Locales.
- Disposición transitoria décima. Aplicación de las limitaciones referidas al número de personal eventual y cargos públicos con dedicación exclusiva.
- Disposición transitoria undécima. Mancomunidades de municipios.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en …
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición final tercera. Modificación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
- Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.
- Disposición final quinta. Título competencial.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (12)
Normas a las que afecta (7)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 27/2013?
- Ley 27/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 27/2013?
- El BOE registra 12 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 27/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.