Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
BOE-A-2021-464 · Boletín Oficial del Estado, 2021-01-13 · Comunidad Autónoma de Cataluña
Ley 17/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Resumen
La Ley 17/2020 modifica la Ley 5/2008, que establece el derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista, ampliando su alcance y fortaleciendo la protección de las víctimas. Esta norma aplica a todas las mujeres en Cataluña, incluyendo a las niñas, adolescentes y personas no binarias, y está en vigor desde su publicación el 22 de diciembre de 2020.
Entre los puntos clave, la ley introduce la violencia institucional como una forma de violencia machista, exige la formación continua de los profesionales que intervienen en estos casos y establece un marco para abordar la violencia digital. También define el consentimiento sexual como un requisito esencial y amplía las formas de violencia machista, incluyendo la violencia económica y obstétrica. Además, se garantiza la atención y recuperación de las víctimas, así como la creación de protocolos de actuación para prevenir y detectar la violencia en distintos ámbitos, como el laboral y el educativo. La ley no está derogada y sigue vigente, reforzando el compromiso de las administraciones públicas para erradicar la violencia machista en todas sus formas.
Datos clave
- Rango
- Ley 17/2020
- Fecha de la disposición
- 2020-12-22
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 11, 2021-01-13
- Entrada en vigor
- 2021-01-13
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Cataluña
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 29
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-464
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los artículos 65 y 67 del Estatuto prevén que las leyes de Cataluña son promulgadas, en nombre del Rey, por el Presidente o Presidenta de la Generalidad.
De conformidad con lo que disponen el artículo 6 y concordantes de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno, y visto el Decreto 114/2020, de 30 de septiembre, de sustitución del presidente de la Generalidad de Cataluña;
De acuerdo con lo anterior promulgo la siguiente Ley.
Índice del articulado
- Artículo 1. Modificación del artículo 2 de la Ley 5/2008.
- Artículo 2. Modificación del artículo 3 de la Ley 5/2008.
- Artículo 3. Modificación del artículo 4 de la Ley 5/2008.
- Artículo 4. Modificación del artículo 5 de la Ley 5/2008.
- Artículo 5. Modificación del artículo 6 de la Ley 5/2008.
- Artículo 6. Modificación del artículo 7 de la Ley 5/2008.
- Artículo 7. Adición de un apartado al artículo 8 de la Ley 5/2008.
- Artículo 8. Adición de un artículo, el 8 bis, a la Ley 5/2008.
- Artículo 9. Adición de un artículo, el 8 ter, a la Ley 5/2008.
- Artículo 10. Adición de un apartado al artículo 9 de la Ley 5/2008.
- Artículo 11. Adición de un apartado al artículo 12 de la Ley 5/2008.
- Artículo 12. Adición de un apartado al artículo 15 de la Ley 5/2008.
- Artículo 13. Modificación del artículo 17 de la Ley 5/2008.
- Artículo 14. Modificación del artículo 19 de la Ley 5/2008.
- Artículo 15. Modificación del artículo 29 de la Ley 5/2008.
- Artículo 16. Adición de un capítulo al título II de la Ley 5/2008.
- Artículo 17. Adición de cuatro apartados al artículo 31 de la Ley 5/2008.
- Artículo 18. Modificación del artículo 33 de la Ley 5/2008.
- Artículo 19. Modificación del artículo 46 de la Ley 5/2008.
- Artículo 20. Modificación del artículo 55 de la Ley 5/2008.
- Artículo 21. Modificación del artículo 68 de la Ley 5/2008.
- Artículo 22. Modificación del artículo 69 de la Ley 5/2008.
- Artículo 23. Modificación del artículo 70 de la Ley 5/2008.
- Artículo 24. Adición de un artículo, el 76 bis, a la Ley 5/2008.
- Artículo 25. Adición de un artículo, el 76 ter, a la Ley 5/2008.
- Artículo 26. Adición de un apartado a la disposición adicional primera de la Ley 5/2008.
- Artículo 27. Adición de dos disposiciones adicionales a la Ley 5/2008.
- Disposición adicional. Efectos de los preceptos que conllevan gastos con cargo a los presupuestos de la Generalidad.
- Disposición final. Proyecto de ley de atención a los hijos e hijas de las mujeres víctimas de violencia machista.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 17/2020?
- Ley 17/2020 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 17/2020?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 17/2020?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.