Artículo 10. Adición de un apartado al artículo 9 de la Ley 5/2008.
Artículo 10 de la Ley 17/2020, de 22 de diciembre, de modificación de la Ley 5/2008, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. · BOE-A-2021-464
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-13.
Texto consolidado
Se añade un apartado, el 6, al artículo 9 de la Ley 5/2008, con el siguiente texto:
«6. Las administraciones de Cataluña competentes en materia de educación, comunicación, participación y derechos de la ciudadanía, el Consejo del Audiovisual de Cataluña y las demás administraciones de Cataluña deben incorporar recursos formativos y pedagógicos en ciudadanía digital, con el fin de proporcionar conocimientos técnicos, así como una educación en valores, que fomenten un uso responsable, constructivo, respetuoso y crítico de las tecnologías de la información y la comunicación para asegurar un tratamiento de las mujeres conforme a los principios y valores de la presente ley.»