Ley 1/2015, de 9 de febrero, de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida.
BOE-A-2015-2295 · Boletín Oficial del Estado, 2015-03-04 · Comunidad Autónoma de Canarias
Ley 1/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula los derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso final de su vida en la Comunidad Autónoma de Canarias. Se aplica a las personas que se encuentran en esta situación, así como al personal sanitario y a las instituciones que les atienden, desde su entrada en vigor en 2015.
Los puntos clave de la ley incluyen el derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos de calidad, a tomar decisiones sobre su tratamiento y a rechazar intervenciones que no deseen, así como la posibilidad de realizar una manifestación anticipada de voluntad para expresar sus preferencias sobre el tratamiento en caso de incapacidad. Además, se establecen obligaciones para los profesionales sanitarios, como proporcionar información adecuada y respetar la autonomía del paciente, garantizando su dignidad y bienestar en el proceso final de la vida. La ley no regula la eutanasia, sino que se centra en el respeto a la autonomía y el alivio del sufrimiento a través de cuidados paliativos.
La ley no está derogada ni anulada.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-02-09
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 54, 2015-03-04
- Entrada en vigor
- 2015-05-13
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Canarias
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 40
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-2295
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de Canarias ha aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que establece el artículo 12.8 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la Ley 1/2015, de 9 de febrero, de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Fines.
- Artículo 3. Ámbito de aplicación.
- Artículo 4. Principios básicos.
- Artículo 5. Definiciones.
- Artículo 6. Derecho a la información asistencial.
- Artículo 7. Derecho a la toma de decisiones y al consentimiento informado.
- Artículo 8. Derecho al rechazo y a la retirada de una intervención.
- Artículo 9. Derecho a realizar la manifestación anticipada de voluntad.
- Artículo 10. Derechos de las personas en situaciones de incapacidad respecto a la información, la toma de decisiones y el consentimiento informado.
- Artículo 11. Derechos de los pacientes menores de edad.
- Artículo 12. Derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales y a la elección del domicilio para recibirlos.
- Artículo 13. Derecho de los pacientes al tratamiento del dolor.
- Artículo 14. Derecho de los pacientes a la administración de sedación paliativa.
- Artículo 15. Derecho a la intimidad personal y familiar y a la confidencialidad.
- Artículo 16. Derecho al acompañamiento.
- Artículo 17. Deberes respecto a la información clínica.
- Artículo 18. Deberes respecto a la toma de decisiones clínicas.
- Artículo 19. Deberes respecto a la manifestación anticipada de voluntad.
- Artículo 20. Deberes respecto a las personas que puedan hallarse en situación de incapacidad de hecho.
- Artículo 21. Deberes respecto a la adecuación del esfuerzo terapéutico.
- Artículo 22. Garantía de los derechos de los pacientes.
- Artículo 23. Acompañamiento de los pacientes.
- Artículo 24. Acompañamiento asistencial.
- Artículo 25. Apoyo a la familia y personas cuidadoras.
- Artículo 26. Asesoramiento en cuidados paliativos.
- Artículo 27. Estancia en habitación individual para personas en situación terminal.
- Artículo 28. Consulta a los Comités de Ética Asistencial y a la Comisión Asesora de Bioética de Canarias.
- Artículo 29. Disposiciones generales.
- Artículo 30. Infracciones leves.
- Artículo 31. Infracciones graves.
- Artículo 32. Infracciones muy graves.
- Artículo 33. Sanciones.
- Artículo 34. Competencia.
- Disposición adicional primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional segunda. Evaluación de la ley.
- Disposición adicional tercera. Cuidados paliativos.
- Disposición transitoria única. Consulta al Registro de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad en el ámbito sanitario.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Canarias. |
| Modifica | Ley 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación Sanitaria de Canarias. |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2015?
- Ley 1/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.