Ley 1/2008, de 17 de abril, de Garantías de Suministro de Medicamentos.
BOE-A-2008-8846 · Boletín Oficial del Estado, 2008-05-22 · Comunitat Valenciana
Ley 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
La Ley 1/2008, de 17 de abril, regula las garantías de suministro de medicamentos en la Comunitat Valenciana, asegurando que los ciudadanos tengan acceso a medicamentos de uso humano que requieren receta médica y están financiados por el Sistema Nacional de Salud. Esta norma aplica a todas las entidades y establecimientos autorizados para la distribución y dispensación de medicamentos en la región desde su entrada en vigor.
Entre los puntos clave de la ley, se establece la obligación de los almacenes de distribución de mantener existencias mínimas de medicamentos para evitar desabastecimientos. También se requiere que las oficinas de farmacia y los almacenes informen de inmediato a la Conselleria de Sanidad sobre cualquier falta de suministro. Además, se contempla la posibilidad de declarar una situación de "suministro insuficiente" para activar medidas correctivas. La ley también tipifica infracciones y establece sanciones para aquellos que incumplan sus obligaciones, con multas que varían según la gravedad de la infracción. Esta ley no está derogada y sigue vigente en la actualidad.
Datos clave
- Rango
- Ley 1/2008
- Fecha de la disposición
- 2008-04-17
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 124, 2008-05-22
- Entrada en vigor
- 2008-05-14
- Departamento
- Comunitat Valenciana
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2008-8846
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos que Les Corts han aprobado y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley:
PREÁMBULO
I
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito.
- Artículo 2. Continuidad en el servicio.
- Artículo 3. Declaración de situación de «suministro insuficiente».
- Artículo 4. Sistema operativo de alerta de suministro de medicamentos.
- Artículo 5. Comunicación de incidencias.
- Artículo 6. Oficinas de farmacia.
- Artículo 7. Almacenes mayoristas de distribución.
- Artículo 8. Infracciones.
- Artículo 9. Sanciones.
- Artículo 10.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se modifica | los arts. 1, 3, 5 a 9 y SE SUPRIME los arts. 2 y 4, por Ley 7/2021, de 29 de diciembre |
Normas a las que afecta (3)
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Ley 1/2008?
- Ley 1/2008 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Ley 1/2008?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Ley 1/2008?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.