Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
Disposición final primera de la Ley 1/2008, de 17 de abril, de Garantías de Suministro de Medicamentos. · BOE-A-2008-8846
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-05-14.
Texto consolidado
Se autoriza al Consell para que dicte cuantas disposiciones sean necesarias para desarrollar y aplicar la presente Ley. El desarrollo reglamentario de la misma se realizará en el plazo de un año desde su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.