Decreto Legislativo 3/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucia.
BOJA-b-2012-90005 · Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, 2012-03-30 · Comunidad Autónoma de Andalucía
Decreto Legislativo 3/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
Resumen
El Decreto Legislativo 3/2012 regula las ferias comerciales oficiales en Andalucía, estableciendo un marco normativo para su organización y funcionamiento. Esta norma es aplicable a todas las entidades que deseen organizar ferias comerciales en el territorio andaluz desde su entrada en vigor el 21 de marzo de 2012.
Entre los puntos clave, se establece que las entidades organizadoras deben garantizar la seguridad y el orden público durante las ferias, así como admitir a todos los expositores que cumplan con los requisitos legales. Además, deben presentar una declaración responsable a la Consejería de Comercio con al menos 30 días de antelación a la celebración del evento, detallando aspectos como la tipología de la feria y el número de expositores. También se contempla un régimen de sanciones por infracciones, que pueden ser leves, graves o muy graves, con multas que oscilan entre 3.000 y 30.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Esta norma deroga expresamente la anterior Ley 3/1992 de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.
Datos clave
- Rango
- Decreto Legislativo 3/2012
- Fecha de la disposición
- 2012-03-20
- Publicación
- Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 63, 2012-03-30
- Entrada en vigor
- 2012-03-31
- Departamento
- Comunidad Autónoma de Andalucía
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2023-12-26
- Artículos
- 22
- Identificador BOE
- BOJA-b-2012-90005
- Texto consolidado
- boe.es
De qué trata esta norma
La disposición final cuarta, apartado primero, epígrafe c), de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía, autoriza conforme a lo dispuesto en el artículo 109 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, al Consejo de Gobierno, para que, en el plazo de seis meses desde su entrada en vigor, apruebe el texto refundido de la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía. La autorización para refundir se extiende, además, a la regularización y armonización de los textos legales que se refunden, epigrafiando, en su caso, los títulos, capítulos y artículos del texto refundido.
Índice del articulado
- Artículo único. Aprobación del texto refundido de la Ley de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.
- Disposición adicional única. Remisiones normativas.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definición y modalidades.
- Artículo 3. Clasificaciones.
- Artículo 4. Duración y periodicidad.
- Artículo 5. Entidades organizadoras.
- Artículo 6. Obligaciones de la entidad organizadora.
- Artículo 6 bis. Requisitos.
- Artículo 7. Declaración y reconocimiento.
- Artículo 8. Competencias de la Consejería.
- Artículo 9. Registro de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía.
- Artículo 10. Infracciones.
- Artículo 11. Sanciones.
- Artículo 12. Procedimiento sancionador.
- Artículo 13. Responsabilidad y prescripción.
- Disposición adicional primera. Promoción.
- Disposición adicional segunda. Requisitos.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Actualización de la cuantía de las sanciones.
Normas que la modifican o afectan (1)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. |
| De conformidad con | Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía. |
| Deroga | Ley 3/1992, de 22 de octubre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Decreto Legislativo 3/2012?
- Decreto Legislativo 3/2012 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2023-12-26.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Decreto Legislativo 3/2012?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Decreto Legislativo 3/2012?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.