Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho "Ad Referéndum" en Andorra la Vella el 8 de enero de 2015.
BOE-A-2015-13248 · Boletín Oficial del Estado, 2015-12-07 · Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
BOE-A-2015-13248 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Acuerdo Internacional
- Fecha de la disposición
- 2015-01-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 292, 2015-12-07
- Entrada en vigor
- 2016-02-26
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 27
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-13248
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El Reino de España y el Principado de Andorra, deseando promover el desarrollo de sus relaciones económicas y mejorar la cooperación en materia fiscal,
Con la intención de concluir un Convenio para evitar la doble imposición con respecto al impuesto sobre la renta, sin generar oportunidades para la no imposición o la imposición reducida a través de la evasión o elusión fiscales han acordado lo siguiente:
Índice del articulado
- Artículo 1. Personas comprendidas.
- Artículo 2. Impuestos comprendidos.
- Artículo 3. Definiciones generales.
- Artículo 4. Residente.
- Artículo 5. Establecimiento permanente.
- Artículo 6. Rentas inmobiliarias.
- Artículo 7. Beneficios empresariales.
- Artículo 8. Transporte marítimo y aéreo.
- Artículo 9. Empresas asociadas.
- Artículo 10. Dividendos.
- Artículo 11. Intereses.
- Artículo 12. Cánones.
- Artículo 13. Ganancias de capital.
- Artículo 14. Servicios personales dependientes.
- Artículo 15. Remuneración de Consejeros.
- Artículo 16. Artistas y deportistas.
- Artículo 17. Pensiones.
- Artículo 18. Remuneraciones por función pública.
- Artículo 19. Estudiantes.
- Artículo 20. Otras rentas.
- Artículo 21. Eliminación de la doble imposición.
- Artículo 22. No discriminación.
- Artículo 23. Procedimiento amistoso.
- Artículo 24. Intercambio de información.
- Artículo 25. Miembros de misiones diplomáticas y de oficinas consulares.
- Artículo 26. Entrada en vigor.
- Artículo 27. Denuncia.
Normas que la modifican o afectan (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2015-13248?
- BOE-A-2015-13248 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2015-13248?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2015-13248?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.