Artículo 1. Personas comprendidas.
Artículo 1 del Convenio entre el Reino de España y el Principado de Andorra para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal y su Protocolo, hecho "Ad Referéndum" en Andorra la Vella el 8 de enero de 2015. · BOE-A-2015-13248
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-02-26.
Texto consolidado
Este Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes.
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- → Artículo 2. Impuestos comprendidos.
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