Circular aeronáutica 3/2006, de 10 de noviembre, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se regula el arrendamiento de aeronaves entre compañías aéreas, sin inscripción en el Registro de Matrícula de Aeronaves.
BOE-A-2006-20181 · Boletín Oficial del Estado, 2006-11-21 · Ministerio de Fomento
Circular 3/2006 está derogada desde el 2020-02-13: ya no está en vigor.
Datos clave
- Rango
- Circular 3/2006
- Fecha de la disposición
- 2006-11-10
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 278, 2006-11-21
- Entrada en vigor
- 2006-11-22
- Departamento
- Ministerio de Fomento
- Estado
- Derogada
- Fecha de derogación
- 2020-02-13
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2006-20181
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 8, apartado 2, letra a) del Reglamento (CEE) del Consejo n.° 2407/92, de 23 de julio, sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas, faculta a los Estados miembros para decidir si las compañías a las que emitan licencias de explotación han de matricular las aeronaves en su registro nacional, o bien en el registro de cualquier otro Estado comunitario.
La Orden del Ministro de Fomento de 12 de marzo de 1998, por la que se establecen las normas para la concesión y el mantenimiento de licencias de explotación a las compañías aéreas, determina en su artículo 5, apartado 2, letra a), como obligación general, que las compañías aéreas españolas deben matricular y registrar a su nombre sus aeronaves en el Registro de Matrícula de Aeronaves, mediante título de propiedad, arrendamiento o cualquier otro que faculte su disponibilidad.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Régimen general.
- Artículo 4. Condiciones para la autorización.
- Artículo 5. Presentación de las solicitudes de autorización.
- Artículo 6. Arrendamientos de aeronaves con tripulación pertenecientes a otras compañías aéreas («wet lease in»), españolas o de otros Estados.
- Artículo 7. Arrendamientos de aeronaves con tripulación pertenecientes a otras compañías aéreas («wet lease in»), españolas o de otros Estados, para sustituir de forma urgente u…
- Artículo 8. Arrendamientos de aeronaves españolas con tripulación a compañías aéreas de otros Estados («wet lease out»).
- Artículo 9. Arrendamientos de aeronaves sin tripulación («dry lease in»), pertenecientes a otras compañías aéreas, españolas o de otros Estados.
- Artículo 10. Arrendamientos de aeronaves españolas sin tripulación a compañías aéreas de otros Estados («dry lease out»).
- Artículo 11. Efectos de las autorizaciones.
- Disposición adicional. Responsabilidad.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
Normas a las que afecta (3)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Cita | Reglamento (CEE) 2407/92, de 23 de julio |
| Cita | Reglamento (CEE) 2408/92, de 23 de julio |
| De conformidad con | las disposiciones adicionales 1 y 2 de la Orden de 12 de marzo de 1998 |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Circular 3/2006?
- Circular 3/2006 está derogada desde el 2020-02-13: ya no está en vigor.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Circular 3/2006?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Circular 3/2006?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.