Resolución de 3 de febrero de 1997, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se dictan normas complementarias de procedimiento para la aplicación de la prolongación de la permanencia en el servicio activo a los funcionarios que integran los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.
BOE-A-1997-2514 · Boletín Oficial del Estado, 1997-02-07 · Ministerio de Justicia
BOE-A-1997-2514 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 1997-02-03
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 33, 1997-02-07
- Entrada en vigor
- 1997-02-07
- Departamento
- Ministerio de Justicia
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-18
- Artículos
- 10
- Identificador BOE
- BOE-A-1997-2514
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
El artículo 107 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, modifica la redacción del artículo 33 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el sentido de manteniendo invariable la edad de jubilación forzosa a los sesenta y cinco años, posibilitar la permanencia en el servicio activo de aquellos funcionarios que voluntariamente lo deseen hasta que cumplan, como máximo, los setenta años de edad, con excepción de los funcionarios de aquellos cuerpos y escalas que tienen normas específicas de jubilación.
Por su parte la disposición adicional séptima de la citada Ley 13/1996 determina que la prolongación de la permanencia en el servicio activo para los funcionarios de las distintas Administraciones Públicas será de aplicación a partir del 1 de enero de 1997.
Índice del articulado
- Primero. Definiciones.
- Segundo. Ámbito de aplicación.
- Tercero. Órgano competente.
- Cuarto. Procedimiento.
- Quinto. Contenido de la Resolución.
- Sexto. Fin de la prolongación de la permanencia en el servicio activo.
- Disposición adicional única.
- Disposición transitoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
Normas a las que afecta (5)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-1997-2514?
- BOE-A-1997-2514 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-18.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-1997-2514?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.