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ResoluciónEstatal Vigente

Resolución de 2 de junio de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos.

BOE-A-2008-10128 · Boletín Oficial del Estado, 2008-06-13 · Ministerio de Economía y Hacienda

BOE-A-2008-10128 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.

Resumen

Esta norma regula la aplicación de la función interventora en la Administración General del Estado y organismos autónomos, estableciendo requisitos básicos para la fiscalización de gastos y obligaciones. Se aplica a todos los órganos de la Administración General del Estado y entidades gestoras de la Seguridad Social desde su publicación el 2 de junio de 2008.

Entre los puntos clave, se establece que la fiscalización previa de gastos debe verificar la existencia de crédito presupuestario adecuado, la competencia del órgano que aprueba el gasto y la correcta tramitación de los expedientes. También se exige que las nóminas del personal estén firmadas por el responsable correspondiente y que se realicen comprobaciones aritméticas para asegurar la exactitud de los pagos. Además, se detallan requisitos específicos para la contratación de personal y la gestión de subvenciones, garantizando que se cumplan las normativas vigentes. Es importante destacar que esta resolución no está derogada y sigue vigente, reemplazando acuerdos anteriores relacionados con la función interventora.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Resolución
Fecha de la disposición
2008-06-02
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 143, 2008-06-13
Entrada en vigor
2008-06-13
Departamento
Ministerio de Economía y Hacienda
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-03-05
Artículos
44
Identificador BOE
BOE-A-2008-10128
Texto consolidado
boe.es · ELI

Índice del articulado

Normas que la modifican o afectan (10)

Normas a las que afecta (3)

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor BOE-A-2008-10128?
BOE-A-2008-10128 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-03-05.
¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2008-10128?
El BOE registra 10 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2008-10128?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
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