Resolución de 14 de septiembre de 2021, conjunta de la Intervención General de la Administración del Estado y de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se regula el procedimiento de pagos a través del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
BOE-A-2021-15176 · Boletín Oficial del Estado, 2021-09-20 · Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
BOE-A-2021-15176 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
Datos clave
- Rango
- Resolución
- Fecha de la disposición
- 2021-09-14
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 225, 2021-09-20
- Entrada en vigor
- 2021-09-21
- Departamento
- Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-20
- Artículos
- 13
- Identificador BOE
- BOE-A-2021-15176
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La aprobación de la Orden PCM/917/2021, de 1 de septiembre, por la que se regula el procedimiento para el pago en el exterior y el pago en divisas de las obligaciones de la Administración General del Estado, conlleva la necesidad de actualizar su desarrollo y de aprobar una nueva resolución para adaptar los procedimientos a la coyuntura actual adecuando la normativa a la misma. La principal razón para la aprobación de dicha Orden, como se recoge en su preámbulo, ha sido la de tratar de adaptarla a los cambios producidos por la normativa aplicable a la Zona Única de Pagos en Euros, conocida bajo el acrónimo SEPA (Single Euro Payments Area) y recogida en el Reglamento (UE) n.º 260/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2012, por el que se establecen requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros, y se modifica el…
Índice del articulado
- Primero. Ámbito de aplicación.
- Segundo. Pagos en firme a través del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
- Tercero. Pagos «a justificar» a través del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
- Cuarto. Pagos derivados de anticipos de caja fija a través del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
- Quinto. Remisión de los documentos contables a la oficina de contabilidad.
- Sexto. Procedimiento a seguir por la oficina de contabilidad.
- Séptimo. Ordenación y pago a favor del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
- Octavo. Actuaciones del Cajero de Pagos en el exterior y de Pagos en divisas.
- Noveno. Contabilización de las diferencias de cambio y de las comisiones cargadas por el Banco de España.
- Décimo. Justificación de los pagos.
- Disposición adicional única. Regulación para Organismos autónomos.
- Disposición derogatoria. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (1)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Corrección de errores | en BOE núm. 238 de 5 de octubre de 2021 |
Normas a las que afecta (3)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor BOE-A-2021-15176?
- BOE-A-2021-15176 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-20.
- ¿Qué normas modifican o afectan a BOE-A-2021-15176?
- El BOE registra 1 referencia posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de BOE-A-2021-15176?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.