Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos.
BOE-A-2009-6856 · Boletín Oficial del Estado, 2009-04-25 · Jefatura del Estado
Real Decreto-ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Resumen
Esta norma regula medidas extraordinarias para que las Entidades Locales puedan saldar deudas pendientes con empresas y autónomos, facilitando su saneamiento financiero. Aplica a las entidades locales que hayan cerrado el ejercicio 2008 con remanente de tesorería negativo o con obligaciones vencidas y exigibles.
Los puntos clave incluyen: 1) Las entidades locales pueden concertar operaciones de endeudamiento bancario para cubrir estas deudas, siempre que aprueben un plan de saneamiento que garantice su capacidad de pago, con un plazo de amortización de hasta seis años. 2) Los recursos obtenidos deben destinarse a pagar las deudas en un plazo máximo de un mes. 3) Se establece la obligación de comunicar al Ministerio de Economía y Hacienda las características de la operación de endeudamiento y su plan de saneamiento, con un plazo de un mes para hacerlo. 4) El incumplimiento de estas obligaciones puede llevar a la nulidad de la operación de endeudamiento.
Este Real Decreto-ley no ha sido derogado y sigue vigente en su aplicación.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto-ley 5/2009
- Fecha de la disposición
- 2009-04-24
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 101, 2009-04-25
- Entrada en vigor
- 2009-04-26
- Departamento
- Jefatura del Estado
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 16
- Identificador BOE
- BOE-A-2009-6856
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La evolución de la situación económica y su impacto en la economía española están ocasionando retrasos en el pago de las obligaciones contraídas por las Entidades Locales, con el consiguiente efecto negativo sobre la liquidez de las empresas, en especial las pequeñas y medianas y los autónomos. Por otra parte, son conocidas las dificultades actuales de acceso al crédito que están dificultando, cuando no imposibilitando, el descuento bancario de esos créditos, sobre todo por las PYMES y autónomos.
Ello aconseja la adopción de medidas urgentes, de carácter extraordinario, con el fin de que las Entidades Locales y las empresas y autónomos que contratan con aquéllas puedan recuperar el equilibrio financiero y presupuestario.
Índice del articulado
- Artículo 1. Ámbito subjetivo y objetivo de aplicación.
- Artículo 2. Importe máximo de endeudamiento.
- Artículo 3. Requisitos para concertar la operación de endeudamiento.
- Artículo 4. Plazo para concertar la operación de endeudamiento.
- Artículo 5. Plazo de amortización de la operación de endeudamiento.
- Artículo 6. Aprobación de la operación de endeudamiento: competencia.
- Artículo 7. Obligación de comunicación de la operación de endeudamiento al Ministerio de Economía y Hacienda.
- Artículo 8. Aplicación de la financiación obtenida.
- Artículo 9. Ejecución del Plan de Saneamiento Financiero.
- Artículo 10. Comunicaciones de los órganos a los que corresponde la tutela financiera.
- Artículo 11. Transmisión electrónica de la información.
- Artículo 12. Aplicación prevista en la disposición adicional cuarta del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/200…
- Artículo 13. Ámbito objetivo de aplicación de la retención a favor del Instituto de Crédito Oficial.
- Disposición adicional única. No asunción por el Estado de obligaciones contraídas por las Entidades locales.
- Disposición final primera. Relación del plan de saneamiento y otras obligaciones previstas en el título I de esta norma con los planes previstos en la normativa reguladora de la…
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas que la modifican o afectan (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| Se publica acuerdo de convalidación | , por Resolución de 21 de mayo de 2009 |
| Se dicta de conformidad | con el art. 11, regulando el procedimiento y e información a suministrar por las entidades locales: Resolución de 5 de mayo de 2009 |
Normas a las que afecta (2)
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto-ley 5/2009?
- Real Decreto-ley 5/2009 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Qué normas modifican o afectan a Real Decreto-ley 5/2009?
- El BOE registra 2 referencias posteriores sobre esta norma (modificaciones, desarrollos, correcciones o derogaciones parciales). En esta página se listan con enlace a cada norma.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto-ley 5/2009?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.