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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 13. Ámbito objetivo de aplicación de la retención a favor del Instituto de Crédito Oficial.

Artículo 13 del Real Decreto-ley 5/2009, de 24 de abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes de pago con empresas y autónomos. · BOE-A-2009-6856

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-04-26.

Texto consolidado

Lo previsto en el artículo anterior se aplicará a deudas firmes contraídas por las Entidades Locales con el Instituto de Crédito Oficial exclusivamente durante el ejercicio 2009, si bien las retenciones a practicar por el órgano competente del Ministerio de Economía y Hacienda podrán extenderse, si fuera necesario, a los ejercicios siguientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-04-26.

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