Real Decreto 927/2015, de 16 de octubre, por el que se concede el uso de la bandera de España a la Policía Nacional.
BOE-A-2015-11164 · Boletín Oficial del Estado, 2015-10-17 · Ministerio del Interior
Real Decreto 927/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 927/2015
- Fecha de la disposición
- 2015-10-16
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 249, 2015-10-17
- Entrada en vigor
- 2015-10-18
- Departamento
- Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2025-12-19
- Artículos
- 8
- Identificador BOE
- BOE-A-2015-11164
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, creó el Cuerpo Nacional de Policía mediante la integración de los cuerpos policiales de ámbito estatal existentes, uno de naturaleza civil, el Cuerpo Superior de Policía, y otro de carácter militar, la Policía Nacional, conformando de esta manera el citado Cuerpo Nacional de Policía que la propia Ley se encargó de calificar como un instituto armado de carácter civil.
La Policía Nacional –anterior Policía Armada–, en consideración a su estructura, organización y a ese carácter militar, tenía el derecho a usar y ostentar la Bandera Nacional, otorgado por el Decreto 485/1970, de 26 de febrero, por el que se concede el derecho a usar y ostentar la Bandera Nacional al Cuerpo de Policía Armada.
Índice del articulado
- Artículo 1. Concesión y uso de la bandera de España por la Policía Nacional.
- Artículo 2. Órganos y unidades de la Dirección General de la Policía que podrán usar la bandera de España.
- Artículo 3. Protocolo y escolta de la bandera de España.
- Artículo 4. Medidas y accesorios de la bandera de España en su uso por la Policía Nacional.
- Disposición adicional única. Uso de la bandera de España en homenaje a los caídos en acto de servicio.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas. |
| Deroga | Decreto 485/1970, de 16 de octubre |
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 927/2015?
- Real Decreto 927/2015 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2025-12-19.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 927/2015?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.