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Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Uso de la bandera de España en homenaje a los caídos en acto de servicio.

Disposición adicional única del Real Decreto 927/2015, de 16 de octubre, por el que se concede el uso de la bandera de España a la Policía Nacional. · BOE-A-2015-11164

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-10-18.

Texto consolidado

En caso de fallecimiento en acto de servicio de funcionarios de la Policía Nacional o personal de la Dirección General de la Policía, la bandera ondeará a media asta en los edificios policiales y durante el periodo que determine en cada caso el Ministro del Interior, a propuesta del Director General de la Policía, atendiendo a las circunstancias concurrentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-10-18.

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