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Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.

BOE-A-2013-11728 · Boletín Oficial del Estado, 2013-11-09 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.

Resumen

Esta norma regula la venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica a través de sitios web de oficinas de farmacia. Aplica a las oficinas de farmacia autorizadas en España desde su entrada en vigor el 9 de noviembre de 2013.

Los puntos clave incluyen que solo las farmacias legalmente autorizadas pueden realizar esta venta, y deben hacerlo con la intervención de un farmacéutico que ofrezca asesoramiento personalizado. Además, se establece la obligación de notificar a las autoridades competentes antes de iniciar esta actividad, así como la creación de un logotipo común para identificar las farmacias que operan legalmente en línea. También se prohíbe la venta de medicamentos a través de otros servicios de la sociedad de la información y se establecen requisitos específicos para los sitios web, como la inclusión de información clara sobre los medicamentos y la prohibición de promociones engañosas. Por último, se determina que la entrega de los medicamentos debe garantizar su calidad y que no se aceptarán devoluciones, salvo en casos excepcionales. Esta norma no ha sido derogada.

Resumen generado con IA a partir del texto consolidado. Para el detalle exacto, consulta siempre el texto oficial.

Datos clave

Rango
Real Decreto 870/2013
Fecha de la disposición
2013-11-08
Publicación
Boletín Oficial del Estado núm. 269, 2013-11-09
Entrada en vigor
2013-11-10
Departamento
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Estado
Vigente
Consolidado actualizado
2026-04-15
Artículos
20
Identificador BOE
BOE-A-2013-11728
Texto consolidado
boe.es · ELI

De qué trata esta norma

Los medicamentos están sometidos a una estricta regulación con el objetivo de garantizar su calidad, eficacia y seguridad. Su dispensación se ha realizado tradicionalmente en las oficinas de farmacia, establecimientos sanitarios privados de interés público como los define la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de las oficinas de farmacia. Entre las funciones de las oficinas de farmacia se incluye la información y el seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los usuarios ya que la dispensación de medicamentos es algo más que el suministro de un producto de elevado consumo, y por ello debe incorporar la necesaria información personalizada dirigida a un uso racional de los medicamentos.

Extracto del preámbulo del texto consolidado. Texto completo, artículo a artículo, en El Vínculo.

Índice del articulado

Normas a las que afecta (2)

Normativa relacionada por sector

Preguntas frecuentes

¿Está en vigor Real Decreto 870/2013?
Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 870/2013?
El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.
En El Vínculo puedes leer esta norma artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.