Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
BOE-A-2013-11728 · Boletín Oficial del Estado, 2013-11-09 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 870/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 269, 2013-11-09
- Entrada en vigor
- 2013-11-10
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-15
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-11728
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los medicamentos están sometidos a una estricta regulación con el objetivo de garantizar su calidad, eficacia y seguridad. Su dispensación se ha realizado tradicionalmente en las oficinas de farmacia, establecimientos sanitarios privados de interés público como los define la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de las oficinas de farmacia. Entre las funciones de las oficinas de farmacia se incluye la información y el seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los usuarios ya que la dispensación de medicamentos es algo más que el suministro de un producto de elevado consumo, y por ello debe incorporar la necesaria información personalizada dirigida a un uso racional de los medicamentos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Condiciones de la venta a distancia al público.
- Artículo 4. Comunicación previa de la actividad.
- Artículo 5. Comunicación e intercambio de información entre autoridades.
- Artículo 6. Sitio web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Artículo 7. Sitio web de las autoridades competentes de las comunidades autónomas.
- Artículo 8. Requisitos aplicables a los sitios web de las oficinas de farmacia.
- Artículo 9. Información ofrecida en el sitio web sobre los medicamentos.
- Artículo 10. Requisitos de la dispensación y el uso racional de medicamentos no sujetos a prescripción.
- Artículo 11. Transporte del medicamento y entrega al usuario.
- Artículo 12. Devoluciones.
- Artículo 13. Códigos de conducta.
- Artículo 14. Inspección.
- Disposición adicional primera. Campañas de información.
- Disposición adicional segunda. Funcionamiento de los sitios web.
- Disposición transitoria única. Inicio de la venta a distancia a través de sitios web.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. |
| Transpone | parcialmente la Directiva 2011/62/UE, de 8 de junio |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 870/2013?
- Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 870/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.