Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
BOE-A-2013-11728 · Boletín Oficial del Estado, 2013-11-09 · Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
Resumen
Esta norma regula la venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica a través de sitios web de oficinas de farmacia. Aplica a las oficinas de farmacia autorizadas en España desde su entrada en vigor el 9 de noviembre de 2013.
Los puntos clave incluyen que solo las farmacias legalmente autorizadas pueden realizar esta venta, y deben hacerlo con la intervención de un farmacéutico que ofrezca asesoramiento personalizado. Además, se establece la obligación de notificar a las autoridades competentes antes de iniciar esta actividad, así como la creación de un logotipo común para identificar las farmacias que operan legalmente en línea. También se prohíbe la venta de medicamentos a través de otros servicios de la sociedad de la información y se establecen requisitos específicos para los sitios web, como la inclusión de información clara sobre los medicamentos y la prohibición de promociones engañosas. Por último, se determina que la entrega de los medicamentos debe garantizar su calidad y que no se aceptarán devoluciones, salvo en casos excepcionales. Esta norma no ha sido derogada.
Datos clave
- Rango
- Real Decreto 870/2013
- Fecha de la disposición
- 2013-11-08
- Publicación
- Boletín Oficial del Estado núm. 269, 2013-11-09
- Entrada en vigor
- 2013-11-10
- Departamento
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
- Estado
- Vigente
- Consolidado actualizado
- 2026-04-15
- Artículos
- 20
- Identificador BOE
- BOE-A-2013-11728
- Texto consolidado
- boe.es · ELI
De qué trata esta norma
Los medicamentos están sometidos a una estricta regulación con el objetivo de garantizar su calidad, eficacia y seguridad. Su dispensación se ha realizado tradicionalmente en las oficinas de farmacia, establecimientos sanitarios privados de interés público como los define la Ley 16/1997, de 25 de abril, de regulación de las oficinas de farmacia. Entre las funciones de las oficinas de farmacia se incluye la información y el seguimiento de los tratamientos farmacológicos a los usuarios ya que la dispensación de medicamentos es algo más que el suministro de un producto de elevado consumo, y por ello debe incorporar la necesaria información personalizada dirigida a un uso racional de los medicamentos.
Índice del articulado
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Condiciones de la venta a distancia al público.
- Artículo 4. Comunicación previa de la actividad.
- Artículo 5. Comunicación e intercambio de información entre autoridades.
- Artículo 6. Sitio web de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
- Artículo 7. Sitio web de las autoridades competentes de las comunidades autónomas.
- Artículo 8. Requisitos aplicables a los sitios web de las oficinas de farmacia.
- Artículo 9. Información ofrecida en el sitio web sobre los medicamentos.
- Artículo 10. Requisitos de la dispensación y el uso racional de medicamentos no sujetos a prescripción.
- Artículo 11. Transporte del medicamento y entrega al usuario.
- Artículo 12. Devoluciones.
- Artículo 13. Códigos de conducta.
- Artículo 14. Inspección.
- Disposición adicional primera. Campañas de información.
- Disposición adicional segunda. Funcionamiento de los sitios web.
- Disposición transitoria única. Inicio de la venta a distancia a través de sitios web.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación del derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Normas a las que afecta (2)
| Relación | Norma |
|---|---|
| De conformidad con | Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. |
| Transpone | parcialmente la Directiva 2011/62/UE, de 8 de junio |
Normativa relacionada por sector
Preguntas frecuentes
- ¿Está en vigor Real Decreto 870/2013?
- Real Decreto 870/2013 figura como vigente según el texto consolidado del BOE, con última actualización del consolidado el 2026-04-15.
- ¿Dónde consultar el texto consolidado actualizado de Real Decreto 870/2013?
- El texto consolidado oficial está disponible en boe.es (enlazado en esta página). En El Vínculo puedes además leerla artículo a artículo, ver versiones anteriores de cada precepto y preguntar a la IA sobre su contenido.