El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 5. Comunicación e intercambio de información entre autoridades.

Artículo 5 del Real Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica. · BOE-A-2013-11728

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-10.

Texto consolidado

1. Las comunidades autónomas remitirán a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios los datos correspondientes a la dirección del sitio web mencionado en el artículo 7.

2. Como respuesta a una solicitud de información motivada de las autoridades competentes de otros Estados miembros, o de la Comisión Europea, acerca de las farmacias que lleven a cabo la venta a distancia de medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de sitios web, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios procederá a recabar la información correspondiente de las comunidades autónomas para poder suministrar la información solicitada relativa a estas actividades.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-11-10.

Más artículos de Real Decreto 870/2013

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 870/2013 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.